Boletín ACPAZ- Indepaz Rechazo al plan de gobierno de retomar la aspersión aérea con químicos tóxicos en lugar de aplicar lo definido en el acuerdo de paz

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ACPAZ

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Es amplio y sustentado el rechazo que están haciendo muchos sectores a la estrategia de fumigación aérea que está poniendo en marcha el gobierno y el Plan de Manejo Ambiental autorizado por la Agencia Nacional de Licencias Ambientales ANLA, en la Resolución 00694 de 14 de abril de 2021.   Entre las razones expuestas por organizaciones sociales, académicas, científicas y defensoras de los derechos humanos y del ambiente se encuentran las siguientes:

  1. Como lo han señalado la Organización Mundial de la Salud, basada en estudios que mantienen vigencia, el glifosato es una sustancia cuya utilización conlleva riesgos cancerígenos, tal como lo recordó en 2017 el actual Ministro de Salud, entonces viceministro de esa cartera. Además, hay otros estudios vigentes y recientes que muestran el potencial de impacto negativo del glifosato y de sustancias utilizadas como coadyuvantes en el ambiente, con posibles daños a la biodiversidad, a la salud humana y a los animales domésticos; incluso los fabricantes de agrotóxicos advierten sobre riesgos en condiciones de baja concentración y manejo controlado. Todos los riesgos se hacen mayores cuando se trata de aspersión aérea en operaciones de guerra o en contextos de conflictos violentos, como los que se presentan en la mayor parte de las zonas cocaleras de Colombia.
  2. El gobierno está actuando contra la constitución y la ley al dar prioridad a una estrategia de erradicación forzada en lugar de fortalecer con recursos y nuevos planes los programas de sustitución pactada de cultivos ilícitos que ha mostrado mayor eficacia, menores costos y mayor alcance social para poblaciones que han sido obligadas a sobrevivir cultivando coca y atrapadas en la cadena del narcotráfico.
  3. El Plan de Manejo Ambiental para la erradicación de Cultivos Ilícitos aprobado por la ANLA, no cuenta con un estudio epidemiológico específico de las zonas que se pretenden asperjar, ni la línea de base y políticas preventivas, de monitoreo y de mitigación de impactos, tal como ordena la ley y ha sido exigida en pronunciamientos de los tribunales y de la Corte Constitucional. Tampoco se han entregado estudios específicos sobre las condiciones socioeconómicas de las comunidades y personas de las zonas y regiones de impacto de las fumigaciones y por el contrario en los Estudios de Impacto Ambiental se incluyen estadísticas generales de algunos municipios sin caracterización detallada y evaluación de costos y de alternativas.
  4. Ni la ANLA ni otras entidades del Estado o del gobierno, han suministrado la información primaria sobre las fuentes de agua en las zonas que piensan fumigar, ni se ha estipulado una distancia prudente y adecuada de las áreas que se constituyen en fuentes de abastecimiento los acueductos municipales y veredales. El glifosato, como bien sabemos por experiencia en 40 años de aspersiones aéreas, y como han mostrado estudios científicos e incluso las etiquetas de fabricantes, puede ser supremamente nocivo para las fuentes de agua; además, la mezcla con un coadyuvante que potencia los riesgos.
  5. Es inadmisible un plan de manejo ambiental que pretende autorizar el uso de una mezcla química genérica, con un coadyuvante que no se identifica. (Se refiere al producto denominado PF1/PF2/PF3). Tampoco esta identificada la empresa que fabrica el agrotóxico, ni se entregan los estudios científicos, manuales y etiquetas de uso con las advertencias del fabricante. Se sabe en cambio que Monsanto, ahora de la Bayer alemana, ha anunciado que no será proveedor de glifosato para aspersión aérea en acciones militares antinarcotráfico y que la embajada de Estados Unidos se pronunció contra un glifosato adulterado comprado por la Policía de Colombia para pruebas en 2017.
  6. No se han entregado los estudios de impacto en las especies acuáticas y de manera ligera se sostiene que el glifosato y la mezcla que se anuncia no las afectan. El Estudio de Impacto Ambiental no presenta la lista de especies evaluadas en cada región ni los estudios que corresponden a cada una de ellas; en cambio hace referencias generales basadas en estudios en otros países para una pocas que seleccionan arbitrariamente.
  7. Lo mismo puede reclamarse en lo que se refiere a aves e insectos; contrariando investigaciones y advertencias de los mismos fabricantes, ese Estudios de Impacto Ambiental, afirma que el glifosato y la mezcla que van a utilizar no los afecta, incluida a las abejas. Deberían incluir los estudios sobre el tema que han hecho los fabricantes que son posibles proveedores del veneno agrotóxico, del coadyuvante y de la mezcla y no lo hacen.
  8. Es indudable, teniendo en cuenta las experiencias de las fumigaciones que promovió el Plan Colombia, que los productos de subsistencia y de las actividades agropecuarias campesinas y de comunidades étnicas, se verán adversamente afectados por las fumigaciones aéreas, así como están siendo afectados por las fumigaciones terrestres que se están llevando a cabo en nuestros territorios.
  9. Mientras la altura de vuelo recomendada para poder afectar las malas yerbas a erradicar es de 2 metros, las fumigaciones aéreas contra cultivos ilícitos se pretenden efectuar a unos 30 metros, incluso hasta 40 metros de altura ocasionando así un mayor riesgo de deriva sobre nuestras familias, viviendas, cultivos de pancoger, ganado, gallinas, animales domésticos, fauna y vegetación silvestres. Aunque la Policía Nacional afirma que la deriva con los aviones es de 10 metros a un solo costado y cero deriva con lo helicópteros, esto en condiciones de campo y de riesgo de confrontaciones armadas no está probado y no se puede probar experimentando químicamente en el terreno.
  10. La información geográfica nacional y de las áreas específicas a fumigar, no ha sido entregada y no se encuentra actualizada, con lo que se incrementan los riesgos de afectación a predios no cocaleros y consiguiente riesgo de deforestación y costos a la nación por acciones de reparación.
  11. Mientras el gobierno nacional priorice invertir en fumigaciones en lugar de invertir en mejorar las condiciones de vida y posibilidades productivas de los habitantes del agro, los cultivos de coca seguirán expandiéndose por todo el territorio nacional. La respuesta a la coca es generar condiciones de vida digna, no la indignidad de las fumigaciones.
  12. El gobierno no ha dado respuesta satisfactoria a los condicionamientos establecidos por la Corte Constitucional (Sentencia T-236 de 2017 y Auto 387 de 2019), entregando los estudios científicos requeridos y demostrando que se han tomado las medidas de implementación del punto 4 del Acuerdo de terminación del conflicto suscrito el 24 de noviembre de 2016.

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