Comunicado Conjunto #69

por

Gobierno – Farc-Ep

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La Habana, Cuba, 12 de mayo de 2016

En el dรญa de hoy las delegaciones del Gobierno de Colombia y de las FARC-EP queremos anunciar que hemos llegado a un acuerdo para brindar seguridad y estabilidad jurรญdica al Acuerdo Final; para asegurar su introducciรณn al ordenamiento jurรญdico colombiano y para dar garantรญas de cumplimiento de dicho Acuerdo Final, tanto conforme al derecho interno colombiano como conforme al derecho internacional.

Se trata de una serie de mecanismos institucionales y democrรกticos complementarios, que en su conjunto constituyen una ruta expedita y segura para cumplir con los objetivos enunciados en el pรกrrafo anterior.

El texto del acuerdo adoptado es el siguiente:

I.- El Gobierno Nacional y las FARC EP, acuerdan que el Gobierno Nacional introducirรก, antes del 18 de mayo de 2016, el siguiente texto en la tramitaciรณn del Acto Legislativo nยบ 04/2015 Senado, 157/2015 Cรกmara:

โ€œArtรญculo xxx: La Constituciรณn Polรญtica tendrรก un nuevo artรญculo transitorio, el cual quedarรก asรญ:

Artรญculo Transitorio: En desarrollo del derecho a la paz, el Acuerdo Final para la terminaciรณn del conflicto y la construcciรณn de una paz estable y duradera constituye un Acuerdo Especial en los tรฉrminos del artรญculo 3 comรบn a los Convenios de Ginebra de 1949. Con el fin de ofrecer garantรญas de cumplimiento del Acuerdo Final, una vez รฉste haya sido firmado y entrado en vigor, el anterior ingresarรก en estricto sentido al bloque de constitucionalidad para ser tenido en cuenta durante el periodo de implementaciรณn del mismo como parรกmetro de interpretaciรณn y referente de desarrollo y validez de las Normas y las Leyes de Implementaciรณn y desarrollo del Acuerdo Final.

En desarrollo del Derecho a la paz, el procedimiento legislativo especial para la aprobaciรณn del Acuerdo Final para la terminaciรณn del conflicto y la construcciรณn de una paz estable y duradera, incluirรก un โ€œprocedimiento de ley aprobatoria del Acuerdo Especialโ€ con los siguientes criterios procedimentales especiales: envรญo al Congreso para su incorporaciรณn al derecho interno por medio de una ley; tramitaciรณn como ley ordinaria: radicaciรณn del proyecto ante la secretaria del Senado y publicaciรณn, debate en comisiones constitucionales conjuntas del Senado y Cรกmara, votaciรณn, debate en plenario del senado; y debate en plenario de la Cรกmara. El trรกnsito del proyecto entre una y otra cรกmara serรก de 8 dรญas, las votaciones serรกn รบnicamente de aprobaciรณn o improbaciรณn de todo el texto, por mayorรญa calificada; control de constitucionalidad de la ley aprobatoria del Acuerdo Especial; sanciรณn presidencial y publicaciรณn en diario oficial; el Gobierno se obligarรก a presentar esta ley aprobatoria inmediatamente sea firmado y aprobado el Acuerdo Final para la terminaciรณn del conflicto y la construcciรณn de una paz estable y duradera, y entrado en vigor el presente Acto Legislativo.

El procedimiento legislativo de aprobaciรณn de leyes o actos legislativos para la implementaciรณn o desarrollo del Acuerdo Final, serรก el Procedimiento legislativo especial para la paz establecido en el artรญculo transitorio xxxx contemplado en el artรญculo primero de este Acto Legislativo, y estarรก en vigencia para la aprobaciรณn de normas de implementaciรณn y desarrollo del Acuerdo Final durante el tiempo establecido en el artรญculo xxxx

El control constitucional relacionado con la aprobaciรณn de La ley aprobatoria del Acuerdo Especial, serรก รบnico y automรกtico.

El control constitucional relacionado con la implementaciรณn del Acuerdo Final mediante Leyes ordinarias o leyes estatutarias, serรก รบnico y automรกtico.

II.- El Gobierno Nacional y las FARC EP, acuerdan que el Gobierno Nacional, antes del 18 de mayo de 2016, aรฑadirรก en el parรกgrafo j) del artรญculo 1 del PROYECTO DE ACTO LEGISLATIVO NรšMERO 04 DE 2015 SENADO, 157 DE 2015 CรMARA, la palabra โ€œรบnicoโ€ en el siguiente pรกrrafo:

โ€œj) Los proyectos de Acto Legislativo tramitados mediante el Procedimiento Legislativo Especial para la Paz tendrรกn control automรกtico de constitucionalidad (โ€ฆ.)โ€

quedando asรญ dicho texto:

โ€œj) Los proyectos de Acto Legislativo tramitados mediante el Procedimiento Legislativo Especial para la Paz tendrรกn control automรกtico y รบnico de constitucionalidad (โ€ฆ.)โ€

III.- El Gobierno Nacional y las FARC EP, acuerdan que el Gobierno Nacional, antes del 18 de mayo de 2016, retirarรก de la tramitaciรณn del Acto Legislativo nยบ 04/2015 Senado, 157/2015 Cรกmara la proposiciรณn aditiva โ€œartรญculo transitorio. Jurisdicciรณn Especial para la pazโ€

IV.- Una vez aprobado en el Congreso el Acuerdo Final firmado como Acuerdo Especial del artรญculo 3 comรบn de las Convenciones de Ginebra, el Gobierno Nacional, mediante el procedimiento legislativo especial para la paz, impulsarรก inmediatamente un Acto Legislativo en el que se incorporarรก รญntegramente a la Constituciรณn Polรญtica el Acuerdo Final en un artรญculo transitorio, en el que tendrรก que constar expresamente el Acuerdo de la Jurisdicciรณn Especial para la Paz de 15 de diciembre de 2015. Dicho artรญculo transitorio entrarรก en vigor una vez entre en vigor el Acuerdo Final.

V.- El Gobierno Nacional y las FARC EP, acuerdan que el Acuerdo Final para la terminaciรณn del conflicto y la construcciรณn de una paz estable y duradera firmado como Acuerdo Especial en los tรฉrminos del artรญculo 3 comรบn a los Convenios de Ginebra de 1949, se depositarรก, inmediatamente tras su firma, ante el Consejo Federal Suizo en Berna o ante el organismo que lo sustituya en el futuro como depositario de las Convenciones de Ginebra.

VI.- Igualmente, el Gobierno Nacional y las FARC EP acuerdan que una vez aprobado el Acuerdo Final para la terminaciรณn del conflicto y la construcciรณn de una paz estable y duradera, se efectuarรก una declaraciรณn presidencial con forma de declaraciรณn unilateral del Estado colombiano ante el Secretario General de las Naciones Unidas, citando la resoluciรณn del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas del 25 de enero de 2016, pidiendo al Secretario General que se dรฉ la bienvenida al Acuerdo Final y lo relacione con la Resoluciรณn 2261 del Consejo de Seguridad del 25 de enero, generando un documento oficial del Consejo de Seguridad, y anexando a dicha Resoluciรณn 2261 el texto completo del Acuerdo Final para la terminaciรณn del conflicto y la construcciรณn de una paz estable y duradera.

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