DECLARACIÓN DE VIANA

por

Indepaz

DECLARACIÓN DE VIANA
Conscientes de que la solución del conflicto político-social armado de Colombia requiere de un proceso amplio de diálogo y concertación que involucre a todos los sectores de la sociedad colombiana para fundamentar las transformaciones del país y de sus instituciones encaminadas a alcanzar la paz con democracia y justicia social, el Gobierno Colombiano y el Ejército de Liberación Nacional (ELN) con participación de la Comisión de Conciliación Nacional (CCN) y gracias a los buenos oficios prestados por el gobierno de España, acuerdan: 
1. La convocatoria a una Convención Nacional para la Paz, la Democracia y la Justicia Social que tendrá como finalidad estructurar un acuerdo cuyo desarrollo se dé en todas las instancias legislativas y espacios posibles que sean indispensables inclusive por medio de la convocatoria a una Asamblea Nacional Constituyente como lo ha venido proponiendo la insurgencia o a un Referendo que concite la amplia participación democrática de todos los colombianos. 
2. La convocatoria a la Convención Nacional se hará como resultado de una reunión preparatoria que se llevará a cabo los días 5, 6 y 7 de junio del presente año en un lugar del territorio colombiano previamente definido por las partes, la cual tendrá las siguientes características: 
– El Gobierno y el ELN participarán con tres delegados cada uno. Sus decisiones se tomarán por consenso. – La CCN participará con tres representantes y tendrá como misión servir de facilitadores del diálogo y la concertación. 
– Se invitará en calidad de testigo un delegado del Gobierno de España, un delegado de cada uno de los candidatos presidenciales para la segunda vuelta presidencial en caso de que hubiera segunda vuelta, un delegado del presidente electo y un delegado del partido mayoritario en votación diferente al del presidente electo; el presidente del Congreso Nacional, el presidente de la CUT, el presidente de la USO, un delegado del Consejo Gremial, un representante de las Organizaciones Gubernamentales encargadas de la defensa de los derechos humanos, un representante del Partido Comunista.
– Las sesiones de la reunión preparatoria serán reservadas y las decisiones se harán conocer de la opinión pública mediante comunicados de común acuerdo entre las partes. 
– El Gobierno y el ELN brindarán a los participantes de esta reunión las seguridades requeridas, mediante el mismo procedimiento utilizado en Santa Ana, Antioquia, el 2 de noviembre del 97. 
El Gobierno otorgará las garantías necesarias para el desplazamiento y la negociación. 
– La reunión preparatoria determinará los elementos propios de la Convención Nacional tales como: 
– Definición de las bases para la transformación de las estructuras sociales y políticas mediante una acción concertada que tenga en cuenta, entre otros, la plena vigencia de los derechos humanos, la justicia social y económica; la democratización política; la definición del papel de las Fuerzas Armadas en un país en paz; y la soberanía, integración e internacionalización.
– Determinación de los participantes en la Convención Nacional que no podrá ser superior a cien personas, representativas de las fuerzas económicas, políticas y sociales.
– Fecha y sitio para llevar a cabo la Convención Nacional, la cual debe ser posterior a la segunda vuelta de la elección presidencial. – Aspectos metodológicos de la Convención Nacional. 
3. De manera simultánea a la búsqueda de solicitudes al conflicto político y social se determinarán los aspectos complementarios para desarrollar el proceso que conduzca a la terminación de la confrontación armada. 
Mientras ésta persista las partes acordarán un convenio por la vida y la humanización de la guerra en el contexto del Derecho Internacional Humanitario que además preserve a la población civil. 
4. El proceso de diálogo para la búsqueda de la solución política que se inicia con la suscripción de este preacuerdo y su ratificación contará con el acompañamiento de la comunidad internacional, en principio a partir de España, México, Costa Rica y Venezuela. 
El Gobierno de España cumplirá la función de facilitador del proceso, agente de buenos oficios y anfitrión, cuando fuere necesario. Este grupo podrá ser ampliado por convenio entre las partes. El acompañamiento internacional deberá estar precedido de los principios de neutralidad, imparcialidad y discreción.
5. El presente acuerdo deberá ser ratificado por el ELN en sendas reuniones que se celebrarán en Itagüí con los comandantes Francisco Galán y Felipe Torres y con representantes del Comando Central asistirán los mismos representantes del Gobierno y de la CCN que suscriben esta acta. También será ratificado por el Presidente de la República. 
6. El Gobierno de Colombia, el ELN y la CCN agradecen al gobierno de España su colaboración y hospitalidad ofrecida para llegar a esta acta de preacuerdo y la amistad con el pueblo colombiano.
Se suscribe la presente acta en el Palacio de Viana, ciudad de Madrid, España, a los 9 días del mes de febrero de 1998, 
Por el gobierno de Colombia José Noé Ríos, Daniel García Peña, por el Comando Central y la dirección del ELN Milton Hernández, responsable Frente Internacional, Juan Vásquez, miembro Frente Internacional, por la CCN Augusto Ramírez Ocampo y Ana Mercedes Gómez. 
Testigos por el gobierno de España Fernando M. Villalonga, Secretario de Estado de Cooperación Internacional y para Iberoamérica, Eduardo Gutiérrez Sáenz de Buruaga, director general de Política Exterior para Iberoamérica.
 

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