Autoridades ambientales y el fin de las fumigaciones con glifosato

Por Yamile Salinas Abdala

Mayo de 2015

La decisión del Consejo Nacional de Estupefacientes de suspender las aspersiones aéreas con glifosato marca un viraje sustancial en la política antidrogas, liderado por el Presidente de la República, Juan Manuel Santos, y el Ministro de Justicia y del Derecho, presidente del Consejo Nacional de Estupefacientes –CNE, Yesid Reyes, en clave de construir paz. El anuncio acoge las recomendaciones del Ministro de Salud, Alejandro Gaviria.

La efectividad del anuncio quedó supeditada a que la Agencia Nacional de Licencias Ambientales – Anla, suspenda o revoque el Plan de Manejo Ambiental –PMA del Programa de Erradicación Aérea con Glifosato – PECIG, y a su aval a las propuestas que presente el recién creado Comité Técnico sobre las sustancias que la Policía Nacional analiza para reemplazar el glifosato.

 

Curiosamente, en ese Comité integrado por los ministerios de Salud, Justicia, Educación y Relaciones Exteriores, la Procuraduría, la Defensoría, la Fiscalía y la Policía, no tiene asiento el Ministro de Ambiente y Desarrollo Sostenible, Gabriel Vallejo López.

 

Conflictos interministeriales

 

Los Ministros de Salud y Ambiente han tenido un rol protagónico en el deja vú de las fumigaciones en Colombia, caracterizado por las contradicciones entre esas Carteras y la de Justicia, como se muestra a continuación:

 

Gobierno de Turbay

El gerente del Inderena –máxima autoridad ambiental antes de que se creara el Ministerio-, Julio Carrizosa Umaña, le solicitó al Ministro de Justicia en 1978, aplicar la legislación ambiental -en ese entonces Código de Recursos Naturales-, y en consecuencia “ realizar un estudio ecológico de la ambiental previo de las áreas sobre las cuales se proyecta llevar a cabo la fumigación para tomar toda las previsiones necesarias para que no pueda posteriormente imputarse a falta de previsión del Estado, la ocurrencia de alteraciones o deterioros ambientales que puedan producirse en perjuicio, bien para la salud humana o para recursos básicos de toda actividad económica como son el aire, el agua, los suelos y la fauna”.

 

Gobierno de Betancurt

En la instalación del Comité de Expertos en Herbicidas, en 1984, Jaime Arias Ramírez, Ministro de Salud, planteó la “tremenda presión para el uso del paraquat” y pidió soluciones colombianas. Ese Comité, liderado por el Instituto Nacional de Salud, se opuso al uso de esa sustancia y del 2,4 D y desaconsejó el uso masivo del glifosato en la aspersión de cultivos de amapola (Informe “Implicaciones que sobre la salud humana puede tener el uso de herbicidas paraquat, glifosato y 2,4 D por vía área en la destrucción de cultivo de marihuana y de coca en Colombia”).

 

Gobierno de Gaviria

Camilo González Posso, Ministro de Salud, en 1992, remitió una comunicación al Ministro de Justicia, Fernando Carrillo, en la que recomendó al CNE ajustar las fumigaciones aéreas con glifosato a la normativa sobre plaguicidas (Decreto 1843 de 1991), “utilizar métodos manuales y físicos en la erradicación de la amapola, según las condiciones topográficas, condiciones especiales de biodiversidad, cuando se trate de áreas de cultivos pequeños o cuando la siembra de amapola estuviere entremezclada con plantaciones de consumo humano o su localización esté próxima a asentamientos humanos, carreteras y áreas de protección de cuerpos de agua”, e implementar el Plan de Vigilancia Epidemiológica.

 

Gobierno Samper

En 1996, Cecilia López Montaña, le ordenó a la DNE, presentar el Plan de Manejo Ambiental para la actividad de erradicación de cultivos ilícitos con Glifosato (Auto 558 A del 13 de agosto de 1996) y Eduardo Verano de la Rosa no permitió el uso de Tebuthiuron y al Imazapyr.

 

Gobierno Pastrana

Juan Mayr Maldonado en 2001 definió medidas preventivas e impuso el PMA en el que se prohibió fumigar en Parques Nacionales Naturales y se definieron las franjas de seguridad entre 200 y 2000 metros, para preservar cuerpos de agua, páramos, zonas de asentamientos humanos, resguardos, proyectos productivos y zonas de pactos de sustitución de cultivos ilícitos (Resoluciones 341 y 1065 de 2001). Además no permitió el uso del hongo Fusarium oxysporum.

 

Gobiernos Uribe

En 2003, Cecilia Rodríguez González Rubio, Ministra de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Sostenible, avaló el “procedimiento para el Programa de Erradicación de Cultivos Ilícitos con el herbicida glifosato”, que adoptó el CNE desconociendo el PMA impuesto por el Ministerio del Medio Ambiente dos años atrás.

 

En la Resolución 0013 de junio de 2003, suscrita por Fernando Londoño, como Presidente del CNE, se autorizó fumigar en todo el país, incluyendo los Parques Nacionales Naturales, en “áreas de cultivos ilícitos fraccionados y/o mezclados con cultivos lícitos”, y se redujeron las franjas de protección a 100 metros. La autorización de regar con glifosato los parques fue anulada por el Consejo de Estado, que invocó el Principio de Precaución, en defensa del patrimonio ambiental y cultural del país (Consejo de Estado 2004-00227-01 de diciembre de 2013).

 

Gobiernos de Santos

La Directora del ANLA aprobó en 2013 la cesión del PMA de la DNE al Ministerio de Justicia y del Derecho (Resolución 672 de 2013). La DNE fue liquidada por no cumplir con sus funciones misionales de ejecución y coordinación de la política de drogas y manejos non sanctos en la administración de los bienes incautados y extinguidos por narcotráfico y delitos conexos.

 

En marzo de 2015, la ANLA dirigida por Fernando Iregui Mejía inició el trámite de modificación del PMA solicitado por el Ministerio de Justicia, entre otras razones para ajustarlo al acuerdo entre Colombia y Ecuador, que junto con el pago de una indemnización de quince millones de dólares por los daños ocasionados por el glifosato, condujeron a que Ecuador desistiera de la demanda ante la Corte Internacional de Justicia.

 

Hace parte de la modificación del PMA, la evaluación de los impactos de la mezcla glifosato marca Cúspide 480 SL + Cosmoflux 411 F + agua que emplea la Policía Antinarcóticos, en la llamada “nacionalización” del PECIG, como efecto de la disminución de recursos en la lucha contra las drogas de Estados Unidos. Además de evaluar el glifosato Cúspide 480 SL producido y comercializado por empresas chinas, le compete evaluar, previo concepto del Comité Nacional de Plaguicidas (artículos 4, 5, 6 y 7 del Decreto 1843 de 1991), las nuevas sustancias que propone la Policía.

 

La decisión de la ANLA

El pronunciamiento de la ANLA sobre el PMA no puede pasar del 1 de octubre de 2015, fecha señalada por Santos para el “periodo de transición”. Le corresponde a la ANLA actuar en consonancia con la postura del Ministerio de Justicia – beneficiario del PMA-, anunciada en la presentación del informe de la Comisión Asesora de Política Antidrogas, y con los precedentes sentados por autoridades de salud y ambiente, la Corte Constitucional y el Consejo de Estado. La decisión de suspender las fumigaciones debe sustentarse en un enfoque de salud pública y de conservación y protección de los recursos naturales y el ambiente.

En las manos de la ANLA está contribuir a que Colombia tenga una política de lucha contra las drogas basada en la evidencia e información científica, eficaz, respetuosa de los derechos humanos y del derecho internacional humanitario y constructora de paz.

Publicada en: http://lasillallena.lasillavacia.com/la-silla-de-la-paz/autoridades-ambientales-y-el-fin-de-las-fumigaciones-con-glifosato.

Yamile Salinas Abdala

Asesora académica de Indepaz. Abogada independiente con amplia experiencia en derecho público, ambiental, agrario, étnico, cultural y en derechos humanos con énfasis en los derechos de comunidades afrocolombianas, indígenas, campesinas y víctimas.