ย Del ejemplo peruano poco se advierte en Colombia. Cuatro son los puntos que a primera vista sorprenden por su diametral diferencia. El primero, la verdadera funcionalidad de un tratado de extradiciรณn. El segundo punto es la acciรณn de la justicia propia. El tercero, la capacidad para conciliar entre verdad judicial y verdad social. Cuarto y mรกs importante, la responsabilidad polรญtica de los gobernantes.
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