Pronunciamiento
24 de noviembre, 2014
Vemos con profunda preocupaciรณn los renovados esfuerzos legislativos del gobierno colombiano que podrรญan negar la justicia por los abusos de derechos humanos โ incluyendo las ejecuciones extrajudiciales โ cometidos por miembros de la fuerza pรบblica.
Dos iniciativas presentadas ante el Congreso de Colombia ampliarรญan la jurisdicciรณn de los tribunales militares y policiales de tal forma que podrรญan permitirles juzgar crรญmenes de derechos humanos presuntamente cometidos por miembros de la fuerza pรบblica. El primero, proyecto de ley 085 de 2013 del Senado /proyecto de ley 210 de 2014 de la Cรกmara de Representantes, ordena que un homicidio presuntamente cometido por un miembro de la fuerza pรบblica deba ser juzgado por un tribunal militar. Dado que casos de ejecuciones extrajudiciales โ incluyendo esos conocidos como โfalsos positivosโ โ han sido imputados como homicidios en el pasado, la adopciรณn de este proyecto de ley hace que sea probable que tales crรญmenes sean juzgados por un tribunal militar, los cuales han fracasado con frecuencia para entregar justicia por abusos de derechos humanos cometidos por miembros de la fuerza pรบblica.
Comoย advirtieron 12 expertosย de la ONU, โcreemos que la adopciรณn de la reforma propuesta representarรญa un retroceso significativo en los esfuerzos realizados por Colombia para cumplir con las obligaciones contraรญdas en el derecho internacional humanitario y de los derechos humanos. Esto es especialmente grave en el contexto de los importantes esfuerzos realizados por el Estado colombiano para superar y prevenir la repeticiรณn de las notorias violaciones de derechos humanos cometidas en el pasado, en particular las ejecuciones extrajudiciales (tambiรฉn conocidas como โfalsos positivosโ) llevadas a cabo entre 2002 y 2008 por algunos miembros de la Fuerza Pรบblica.โ
El segundo, proyecto de ley 022 de 2014 del Senado, modificarรญa la Constituciรณn para exigir que โinfraccionesโ al derecho internacional humanitario y crรญmenes cometidos por miembros en servicio activo sean juzgados por tribunales militares, con la excepciรณn de crรญmenes de lesa humanidad, genocidio, ejecuciones extrajudiciales, violencia sexual, desapariciรณn forzada, tortura y desplazamiento forzado. Las ejecuciones extrajudiciales y otras de estas excepciones no son los tรฉrminos usados en el cรณdigo penal colombiano para tipificar estos crรญmenes, dejando abierta la posibilidad que tales crรญmenes sean procesados por los tribunales militares. Ademรกs, el proyecto de ley estรก redactado de tal forma que parece permitir que cualquier violaciรณn de derechos humanos no incluida en la lista de excepciones โ tales como detenciones arbitrarias, trato cruel, secuestro o
intercepciones ilegales โ sea automรกticamente juzgada en tribunales militares, sin hacer menciรณn de tortura, desapariciรณn forzada y crรญmenes de violencia sexual, los cuales pueden equivaler a crรญmenes de guerra y, por lo tanto, tambiรฉn sean sujetos a la competencia de los tribunales militares.
Una tercera iniciativa, proyecto de ley 129 de 2014 de la Cรกmara de Representantes, busca aplicar el derecho internacional humanitario como el marco legal para juzgar los abusos cometidos por miembros de la fuerzas pรบblica en lugar de permitir que se aplique la ley de derechos humanos cuando sea apropiada. Es mรกs, este proyecto de ley estipula, de acuerdo al nuevo marco legal que establecerรญa, un perรญodo de seis meses para revisar y transferir todos los casos en contra de miembros de las fuerzas armadas y la policรญa actualmente bajo la jurisdicciรณn de los tribunales civiles a los tribunales militares, lo cual implica que todos los casos bajo disputa pasarรญan directamente al sistema penal militar una vez se acabe el periodo de revisiรณn. Una cronologรญa rรกpida como tal hace que sea probable que algunos casos de los falsos positivos, actualmente en el sistema de justicia civil, acaben en los tribunales militares.
Los tribunales militares pueden ser apropiados para cuestiones de disciplina militar, incumplimiento de รณrdenes, corrupciรณn y las infracciones relacionadas con el ejรฉrcito como insubordinaciรณn, pero no han tenido รฉxito en la rendiciรณn de cuentas del personal militar y policial responsables por violar los derechos de la poblaciรณn civil, incluyendo en los casos de ejecuciones extrajudiciales, violaciรณn sexual y tortura. Una vez irrumpiรณ el escรกndalo de los falsos positivos en el 2008, el gobierno colombiano hizo importantes avances en la administraciรณn de justicia al transferir muchos de esos casos a tribunales civiles. No deberรญa retroceder mediante la creaciรณn de nuevas leyes para proteger a los miembros de la fuerza pรบblica del enjuiciamiento por violaciones de derechos humanos en tribunales civiles, donde las vรญctimas civiles puedan tener la oportunidad de un juicio justo. Ademรกs, en el avance de las negociaciones de paz entre el gobierno colombiano y la guerrilla de las FARC, ambas partes se han comprometido a no โintercambiar impunidadโ y prometieron que los derechos de las vรญctimas โno son negociablesโ. Estos proyectos de ley, de ser aprobados, socavarรญan tal compromiso, al igual de las obligaciones internacionales de derechos humanos y el derecho internacional humanitario.
AMNESTY INTERNATIONAL
LATIN AMERICA WORKING GROUP (LAWG)
WASHINGTON OFFICE ON LATIN AMERICA
WORLD ORGANISATION AGAINST TORTURE
ROBERT F. KENNEDY CENTER FOR JUSTICE & HUMAN RIGHTS
INTERNACIONAL OFFICE FOR HUMAN RIGHTS ACTION FOR COLOMBIA (OIDHACO)
KOLKO โ MENSCHENRECHTE FลฐR KOLUMBIEN
ABCOLOMBIA
MENNONITE CENTRAL COMMITTEE US, WASHINGTON OFFICE
FELLOWSHIP OF RECONCILIATION PEACE PRESENCE
UNITED CHURCH OF CHRIST, JUSTICE AND WITNESS MINISTRIES
JESUIT CONFERENCE OF THE UNITED STATES
PRESBYTERIAN CHURCH (USA)
CENTER FOR INTERNATIONAL POLICY
COLOMBIAN CARAVANA UK LAWYERS GROUP
COLOMBIA SOLIDARITY COMMITTEE
ACAT FRANCE