ACUERDOS POR LA PAZ EN COLOMBIA 1984-2004

Por Indepaz

ACUERDOS POR LA PAZ EN COLOMBIA
1984-2004

 

 

 

ACUERDOS DE LA URIBE.

Acuerdo firmado entre el gobierno del presidente Belisario Betancur y los miembros del estado mayor de las FARC-EP en donde se condena el secuestro, la extorsión y cualquier forma de terrorismo.  Las FARC ordenan cese al fuego y demás operativos militares en todo el país.  Se crea una Comisión de Verificación Nacional y representativa de las fuerzas implicadas en los enfrentamientos, designada por el señor Presidente de la República
Establece que los integrantes de las FARC-EP pueden acogerse a los beneficios de la ley 35 de 1982 y decretos complementarios, cuando llenen las condiciones en ella y en ellos establecidas

La Uribe, Municipio de Mesetas, Departamento del Meta, 28 de marzo de 1984.

Ley 35 de 1982: por la cual se decreta una amnistía (rebelión, sedición o asonada, y los conexos) y se dictan normas tendientes al restablecimiento y preservación de la paz

 
ACUERDOS ENTRE LA COMISIÓN DE PAZ DIALOGO Y VERIFICACIÓN Y LOS DESTACAMENTOS SIMÓN BOLÍVAR Y ANTONIO NARIÑO DEL ELN. 

Las columnas firmantes expresan la decisión de acogerse al Acuerdo de la Uribe ratificado por el presidente Betancur. Los sectores firmantes de este documento tendrán los mismos derechos y obligaciones pactados con las FARC.   Recuerdan que la comisión de paz fue creada para la reincorporación de los grupos armados a la democracia.

Bogotá, 9 de diciembre de 1985. 

El 8 de abril de 1986 se adhiere el descatamento Gerardo Valencia Cano.
El 20 de julio de 1986 se adhieren los destacamentos José María Martínez Quiroz e Inés Vega.

 
ACUERDO DE PROLONGACION DE LA TREGUA

La Comisión de Paz Diálogo y Verificación, las FARC EP, la Dirección Político Militar de Autodefensa Obrera (ADO) y los Destacamentos Simón Bolívar y Antonio Nariño ELN reiteran el acuerdo de la Uribe y expresan la disposición de continuar con el proceso de paz con el próximo gobierno.
La Uribe, Meta, 2 de Marzo de 1986.

 
ACUERDO DECRAVO NORTE.
Mayo 15 de 1991.

DECLARACIÓN DE VIANA

Declaración proceso entre el Gobierno Colombiano y el Ejército de Liberación Nacional (ELN), con participación de la Comisión de Conciliación Nacional (CCN) y los buenos oficios del gobierno de España.  Se acuerda  la convocatoria a una Convención Nacional para la Paz, la Democracia y la Justicia Social (inclusive por medio de una Asamblea Nacional Constituyente o un Referendo de amplia participación de todos los colombianos.
Contempla  la metodología de trabajo preparatoria a la Convención.   

 
Palacio de Viana, Madrid, España, 9 de febrero de 1998. 

 
 
ACUERDO DE LA PUERTA DEL CIELO
15 de julio de 1998

 
NUDO DE PARAMILLO
26 de julio de 1998

 
AGENDA COMÚN POR EL CAMBIO HACIA UNA NUEVA COLOMBIA

Las FARC-EP y los voceros del gobierno nacional, acuerdan una “La agenda Común para el cambio” la cual enumera los puntos (9) sobre los cuales deben giran las rondas de negociación al Conflicto Armado Interno.   Igualmente propone la búsqueda de una solución política al grave conflicto social armado que conduzca hacia una nueva Colombia, por medio de las transformaciones políticas, económicas y sociales que permitan consensos para la construcción de un nuevo Estado fundamentado en la justicia social, conservando la unidad nacional. En la medida en que se avance en la negociación, se producirán hechos de paz
La Machaca, 6 de Mayo de 1999.

 
ACUERDO DE LOS POZOS

El Gobierno Nacional de Andrés Pastrana y las  FARC-EP por medio del comandante  Manuel Marulanda Vélez, ratifican su voluntad de continuar el proceso de paz que busca la solución del conflicto por la vía del diálogo y de la negociación, en procura de construir una Colombia en desarrollo y con plena justicia social.  Las partes instan a adoptar mecanismos para acabar el paramilitarismo. La  Mesa de Diálogos y Negociación creará una comisión de personalidades nacionales que le formule recomendaciones en estas dos direcciones.  Se acuerda igualmente que la mesa reinicie sus labores retomando los temas sustantivos de la Agenda y entre a discutir el cese de fuegos y de las hostilidades.

La zona de distensión ha sido establecida exclusivamente para el desarrollo del proceso, con plenas garantías y seguridad para las partes. La Mesa Nacional de Diálogos y Negociación a más tardar el 15 de febrero, creará un mecanismo de su seno que periódicamente evalúe e informe a la opinión sobre el cumplimiento del propósito de la zona.

Se invita a un grupo de países amigos y organismos internacionales para informarlos sobre el estado y la evolución del proceso e incentivar su colaboración.
Los Pozos, inspección de San Vicente del Caguán, Caquetá,  Febrero 9 del 2000

 
 
DOCUMENTO DE RECOMENDACIONES DE LAS PERSONALIDADES
Bogotá D.C., 19 de septiembre de 2001.

DECLARACIÓN DE LA HABANA
La habana, Cuba, Diciembre 15 de 2001

 
SAN FRANCISCO DE LA SOMBRA
San Vicente del Caguán, Caquetá, Octubre 5 de 2001

 
 
Acuerdo de cronograma. Enero 20 de 2002
Acuerdo de Acompañamiento Internacional. Febrero 7 de 2002

 
ROMPIMIENTO DE LOS DIÁLOGOS CON LAS FARC-EP
Comunicado de las FARC.  Montañas de Colombia, Marzo 1 de 2002
Alocución del presidente Andrés Pastrana. Bogotá.

COMISIÓN EXPLORATORIA
Bogotá. Junio 25 de 2003

 
ACUERDO DE SANTA FE DE RALITO
Santa fé de Ralito, Córdoba, 15 de julio de 2003

 
 
CONVENIO ENTRE EL GOBIERNO DE COLOMBIA Y  LA SECRETARIA GENERAL DE LA OEA
Bogotá, Enero 23  de 2004
 
 
 
ACUERDO DE TIERRA ALTA
Santa Fe de Ralito, Córdoba,  13 de mayo de 2004