Guapi – Cauca – Colombia, 7 de noviembre de 2008
Doctor
FRANCISCO SANTOS CALDERON
Vicepresidente de la República de Colombia
Presidente de la comisión para el avance de la población afrocolombiana, palenquera y raizal.
Asunto: Taller en Guapi para evaluar la atención a las comunidades negras.
Excelentísimo señor Vicepresidente.
Las comunidades negras de la costa caucana agrupadas en la Regional COCOCAUCA y en otras expresiones organizativas, desde 1993 hemos realizado acciones de defensa y reafirmación de los derechos como grupo étnico en el territorio región del pacifico y en este país en su conjunto, construyendo y fortaleciendo iniciativas como los Planes de Manejo Ambiental por cada uno de los Consejos Comunitarios.
En la actualidad hay 11 Consejos comunitarios con Planes de Manejo y faltan 7 por construir, como una fortaleza de ordenamiento y uso sostenible de los territorios colectivos étnicos.
Como es de conocimiento público, la situación de orden público en la costa pacífica ha venido cambiando de manera drástica ante el aumento del abandono del estado y con la implantación de grandes proyectos de infraestructura, agroindustria y explotación de recursos naturales, previstos en el plan de desarrollo sin haberse realizado la consulta. Estos hechos han desencadenado la presencia de los actores armados legales e ilegales, la proliferación de los cultivos de uso ilícito, y la respuesta inconsulta y sin medidas de prevención por parte del gobierno de incrementar la presencia de la fuerza pública ( combates, bloqueos y fumigaciones) atentando contra la población afrocolombiana e incrementando su situación de marginación y exclusión. De esta manera la población está en medio del fuego y la zozobra permanente por la intensificación del conflicto armado y el tráfico de estupefacientes.
Este panorama lamentable de crisis del sistema social en su conjunto con responsabilidad central sobre el estado colombiano, es la causa de las sistemáticas y recurrentes violaciones a los derechos humanos y al derecho internacional humanitario con secuelas como el desplazamiento forzoso y la violación de los derechos territoriales del grupo étnico afrocolombiano. Todo ello conduce a que los territorios colectivos en el Pacifico se tornen en escenarios de guerra y las cabeceras municipales en receptoras de población en situación de desplazamiento, lo que agrava la precaria situación social, evidenciada en un 97.5% de la población con necesidades básicas insatisfechas, tal y como lo señaló el mismo gobierno en los documentos “Política de largo Plazo para la población afrocolombiana” y en varios Conpes. De esta forma se acentúa el racismo estructural, tal y como se mostró en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en la audiencia de discriminación racial realizada hace dos semanas.
Peticiones:
1. Adoptar la Declaración sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas de Naciones Unidas (RES/61/295. Diciembre 10 de 2007), la que en los términos de la Corte Interamericana de Derechos Humanos se extiende a las comunidades negras, como se definió en el caso de la Comunidad Maroon Saramaka vs Surinam (28 de noviembre de 2007 y 12 de agosto de 2008).
2. Exigir a todos los miembros de las fuerzas armadas aplicar estrictamente las directivas expedidas por el Ministerio de Defensa en el marco de la “Política integral de Derechos Humanos y Ley Internacional Humanitaria” adoptada el 22 de enero del 2008, así como la Directiva 07 de 2007. En consecuencia exigir de todos sus miembros dar un trato especial a las comunidades negras, establecer canales de comunicación con nuestras autoridades legítimas de manera previa al ingreso a nuestros territorios y a la realización de actividades sobre ellos; adoptar acciones preventivas para evitar el desplazamiento como consecuencia de operaciones militares y de los programas de erradicación, y propiciar la seguridad física y jurídica para garantizar nuestros derechos fundamentales a los territorios colectivos, al retorno y a la permanencia pacífica y tranquila en ellos. Lo anterior de conformidad con los deberes de respeto y garantía del Estado colombiano. E, igualmente con el fin de cumplir con los compromisos asumidos con el gobierno de Estados Unidos en el marco de la ayuda de ese país, en especial los de asegurar que las Fuerzas Armadas no desconozcan los derechos a la propiedad colectiva de los territorios étnicos, y distingan a la población civil en sus operaciones (Sección 556(a)(2)(F) del FY 2006 FOAA -FY 2007 CR- y Sección 649(c)(2)(F) de FY 2008 SFOAA).
3. Suspender las obras, proyectos y actividades de infraestructura, explotación de recursos naturales y agroindustriales en el litoral Pacífico, entre otras, hasta tanto se garantice la participación efectiva de las comunidades negras a través de la consulta previa y el consentimiento libre e informado de conformidad con nuestras costumbres y tradiciones; se adelanten conjuntamente los estudios previos de impacto ambiental, cultural y social, y se adopten los mecanismos de mitigación por los daños o perjuicios a un ecosistemas que como el Chocó Biogeográfico debe ser objeto de especial protección y conservación para Colombia y el mundo y para las generaciones presentes y futuras (Sentencias Corte Constitucional T 030 de 2008 y C-461/08 y Corte Interamericana de Derechos Humanos -Caso Saramaka vs Surinam).
4. Suspender las operaciones de erradicación de cultivos de uso ilícito en territorios colectivos de las comunidades negras (Fumigaciones aéreas y erradicación manual forzada) hasta tanto se adelante la consulta prevista en la sentencia SU 383/03 y se definan y ejecuten programas y proyectos que garanticen el mínimo vital, la seguridad alimentaria y la dignidad de dichas comunidades. Es claro que el Estado no puede endilgar a los grupos étnicos su incapacidad de garantizar y controlar que foráneos introduzcan en los territorios étnicos los cultivos de uso ilícito.
5. Dar aplicación a las órdenes de la Corte Constitucional y a las recomendaciones de los organismos internacionales de derechos humanos, así como a los documentos de política del Estado en el marco de un Estado Social de Derecho plurietnico y biodiverso de forma tal que:
5.1. Se garantice nuestra participación informada, libre y voluntaria en la definición de los proyectos, obras y actividades que se adelantan en nuestros territorios étnicos, de forma tal que no se atente contra nuestro derecho a la pervivencia como grupo que amerita especial protección en el marco de los principios constitucionales de reconocimiento y respeto a la diversidad y al derecho a la igualdad, a través de políticas de discriminación afirmativa.
5.2. Se asegure que todas las actividades y proyectos en nuestros territorios satisfacen los derechos de autonomía y gobierno propio, así como de identidad cultural vía el respeto a nuestras costumbres y tradiciones ancestrales.
5.3. Se garantice la incorporación de los planes de manejo formulados y adoptados con apoyo de la comunidad internacional en los planes de desarrollo y ordenamiento de los municipios y departamentos y en los respectivos presupuestos. Asimismo, se defina los recursos e instrumentos para la formulación de los planes de manejo en los consejos comunitarios que aún no cuentan con ellos.
6. Diseñar y aplicar conjuntamente con nuestras autoridades mecanismos eficaces para la reparación justa y equitativa por las actividades desarrolladas sin la observancia de los derechos fundamentales a la participación y la consulta, en las que se ha menoscabado nuestro derecho al uso y goce regular de nuestra propiedad sobre las tierras tradicionales y los recursos naturales necesarios para nuestra supervivencia como grupo étnico diferenciado.
7. Formular de manera conjunta y participativa con nuestras autoridades y en el seno de nuestros consejos comunitarios una política diferencial encaminada a garantizar nuestros derechos fundamentales a la verdad, la justicia y la reparación integral por los crímenes cometidos por agentes legales e ilegales.
8. Construir espacios contra la discriminación racial en el país, tales como propiciar la participación de las comunidades negras en las instancias legislativas, ejecutivas y judiciales, y establecer un porcentaje de funcionarios afrocolombianos, así como mecanismos diferenciales para garantizar nuestro ingreso a las instituciones públicas y al sistema educativo.
9. Formular y ejecutar una política que respete y de aplicación a la justicia propia, especialmente en los casos de graves violaciones a los derechos humanos e infracciones al derecho internacional humanitario en nuestros territorios.
10. Conformar una comisión integrada por nuestros delegados y los del gobierno, acompañada de servidores del Ministerio Público y la Corte Constitucional, así como de delegados de las Naciones Unidas – Relator de los derechos de las comunidades negras -, la Organización Internacional del Trabajo – acatamiento al Convenio 169 ratificado mediante la Ley 21 de 19991 e incorporado en la Ley 70 de 1993- , el comité del Convenio sobre la Eliminación de todas las Formas de Racismo, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y la Embajada de Estados Unidos encaminada a dar seguimiento a las obligaciones internacionales y nacionales que amparan nuestro derecho a la pervivencia.
Suscriben
Coordinación de Consejos Comunitarios y organizaciones de base del pueblo negro del pacifico caucano – COCOCAUCA
Consejo Comunitario los Manglares de Micay
Consejo Comunitario Mamuncia
Consejo Comunitario Integración
Consejo Comunitario Playón rio sigui
Consejo Comunitario de Sanjoc
Consejo Comunitario de Cuerval
Consejo Comunitario de Napi
Consejo Comunitario de San Francisco
Consejo Comunitario de Chanzará
Asociación Juntos por el progreso (Jóvenes y mayores)– JUNPRO
Cooperativa de mujeres productivas de Guapi – COOPMUJERES
Asociación de organizaciones populares de Micay – ASOPOMY.
Consejo Comunitario de GUAJUI
Consejo Comunitario del Alto Guapi
Consejo Comunitario de Parte baja del Saija
Asociación de desplazados de municipios integrados del pacifico sur – ASODESPASUR
Asociación de desplazados de la comunidad de San Francisco en el rio Saija – ADEFRANSA
Colectivo para la comunicación del desarrollo ESTEROS – PRODUCCIONES