La Circunscripción Especial Indígena y el MAIS

por

Henry Caballero Fula

Asimilar la política que se hace en la jurisdicción ordinaria a Congreso de la República con la que se hace en la jurisdicción especial indígena es desconocer totalmente la característica de esta última como derecho de los pueblos indígenas.


La jurisdicción ordinaria se mueve en el ámbito de representación de ciudadanos/individuos y en ese sentido los congresistas se comprometen por medio de un programa y/o propuesta legislativa con los electores que han votado por cada uno de ellos. A pesar de que los electores de un congresista pueden constituir un grupo grande de personas, su delegación democrática no va más allá del voto programático, aunque algunos grupos de poder y de opinión pueden influir sobre el congresista, quien regularmente opta por atender, o no, los requerimientos que se la hacen, sobre todo pensando en tener el apoyo de estos grupos para próximas elecciones.
En todo caso, el congresista en la jurisdicción ordinaria representa a sus votantes y puede ignorarlos o manipularlos luego del voto, como es usual en la clase política que ha manejado este país, o puede establecer mecanismos para consultarlos y decidir con ellos su agenda legislativa y su votación, como debería ser la regla en las democracias modernas.
Por el contrario, en la jurisdicción especial el congresista electo representa a los pueblos indígenas o afros y no solo ni fundamentalmente a las personas que han dado el voto por él; llega al Congreso de la República acorde con un derecho especial de estos pueblos y no estrictamente por el número de votos; por esto no es raro que pueda haber congresistas de movimientos o partidos de 25.000 o 30.000 votos, cifra bastante distante de la del umbral por circunscripción ordinaria.
Es completamente valido y lógico que las organizaciones de pueblos indígenas se interesen y participen en todo lo referente a la circunscripción especial, ya que se trata de ejercer el derecho a la representación de estos pueblos en el Congreso. Acorde con esto la Corte Constitucional ha señalado en sentencia C-490 de 2011 “no solo que quien se postula debe ser un representante y miembro de grupos étnicos como lo establece el artículo 171 inciso 3 de la Constitución, sino que también debe ser avalado políticamente por organizaciones propias de las comunidades étnicas, cuyo interés principal sean las necesidades de esta población minoritaria”.
Históricamente, la mayoría de los congresistas que han llegado a las curules por circunscripción especial, de manera calculada e interesada se han olvidado del mecanismo específico por el cual están allí y de la representación que tienen respecto de estos pueblos. Ello es más grave en tanto, desde los indígenas existen organizaciones nacionales y regionales con fuerte presencia organizativa y de movilización social, que deben ser consultados y cuya lucha reivindicativa y de propuesta de país, requiere del desarrollo articulado, coherente y participativo, de una agenda legislativa.
La decisión de la Organización nacional indígena de Colombia ONIC y de organizaciones regionales como el Consejo Regional Indígena del Cauca CRIC de participar directamente en la selección de los candidatos y de presentar una lista por circunscripción indígena especial, es resultado del aprendizaje practico de que este derecho plasmado en la Constitución nacional no se puede dejar a la deriva de partidos que se autoproclaman indígenas cuando les conviene, ni de candidaturas que no son resultado de un proceso participativo de consulta y selección que garantice que los congresistas electos van a trabajar como voceros, delegados y representantes de los pueblos en el Senado y Cámara, de manera articulada y respetuosa con estas organizaciones y en general con los pueblos indígenas.
Actuando desde la circunscripción especial pero queriendo establecer caminos y puentes para el trabajo por un nuevo país en conjunto con las demás organizaciones sociales, la propuesta de ONIC y demás regionales como el CRIC se llama Movimiento Alternativo Indígena y Social MAIS, figurando al Senado como candidatos Luis Evelis Andrade Casama, indígena emberá y ex consejero mayor de la ONIC; Rosa Iguarán Epieyú, dirigente del pueblo Wayúu, y Jesús Chávez Yondapiz, indígena nasa, ex consejero Mayor del Consejo Regional Indígena del Cauca (CRIC).
Hay posibilidades entonces, que después de 22 años de ejercicio, la circunscripción especial indígena recupere el espíritu con el cual fue plasmada en la Constitución Política y que solo ha tenido en unas pocas ocasiones: el de representación de los pueblos indígenas en el Congreso de la república de un país multiétnico y pluricultural.

Henry Caballero Fula

 

Autor



  • ¿Las cifras de violencia aumentaran con la pax romana?

    ¿Las cifras de violencia aumentaran con la pax romana?

    L Los datos disponibles sobre la evolución de las violencias en Colombia no respaldan la idea de que las conversaciones o los acuerdos de paz hayan sido la causa del fortalecimiento de las organizaciones armadas ilegales o del deterioro generalizado de la seguridad. La Tabla 1 muestra que la tasa nacional de homicidios ha mantenido…

  • Colombia, otra vez laboratorio

    Colombia, otra vez laboratorio

    Colombia, otra vez laboratorio Leonardo González PerafánDirector de IndepazJulio de 2026 Cada cierto tiempo Estados Unidos le cambia el nombre a su guerra en América Latina. En los años ochenta fue la guerra contra las drogas; después llegaron el Plan Colombia y el Plan Patriota. Hoy aparecen el Escudo de las Américas y el Plan…

  • ¿Qué datos arrojó el nuevo informe de cultivos de coca en Colombia de la UNODC?

    ¿Qué datos arrojó el nuevo informe de cultivos de coca en Colombia de la UNODC?

    Por: Salomón Majbub AvendañoCoordinador del Observatorio de Drogas y Economías Ilícitas -INDEPAZ-Julio, 2026 Después de intensas discusiones metodológicas y políticas entre el gobierno de Gustavo Petro y la UNODC, se publicó a finales del mes pasado, el informe de censo de cultivos de coca en Colombia del año 2024. Autor Salomon Majbub Historiador de la…

  • Parte 2. Del dicho al hecho… Del acuerdo a la implementación

    Parte 2. Del dicho al hecho… Del acuerdo a la implementación

    Cuando se hace el recuento de los principales hitos en la construcción de la paz en Colombia durante el último siglo, el Acuerdo Final de Paz de 2016, conocido como Acuerdo del Colón, ocupa un lugar central. En esa secuencia histórica suelen mencionarse el Plebiscito de 1957, que puso fin a una década de dictaduras…

  • Parte 1. Recuerdos de un parto difícil. La firma en Cartagena – Camilo González Posso

    Parte 1. Recuerdos de un parto difícil. La firma en Cartagena – Camilo González Posso

    Hace diez años se firmó en La Habana y en Cartagena el Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera. El 26 de septiembre de 2016, el presidente Juan Manuel Santos y el comandante de las FARC-EP, Rodrigo Londoño, suscribieron el texto en Cartagena, en una ceremonia…

  • Las relaciones con Estados Unidos en la“Nueva era de seguridad en Colombia”

    Las relaciones con Estados Unidos en la“Nueva era de seguridad en Colombia”

    Autor Camilo Gonzalez Posso Presidente del Instituto de Estudios para el Desarrollo y la Paz – INDEPAZ. Magister en Economía, Ingeniero Químico. Especialista en Ciencias de la Complejidad. Ministro de Salud de la República de Colombia (1990 – 1992). Docente universitario (1968 – 1996). Firmante del acuerdo para convocar la Asamblea Constituyente (1990). Fundador –…