Propuestas uribistas de beneficios rurales para desmovilizarse

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SOBRE LAS CONDICIONES DEL CENTRO DEMOCRรTICO EN EL PUNTO DE DESARROLLO RURAL
POR. HENRY CABALLERO FULLA – Integrante de comisiรณn de paz del CRIC

Conocidas las condiciones del Centro democrรกtico CD para la renegociaciรณn del โ€œacuerdo final para la terminaciรณn del conflicto y la construcciรณn de una paz estable y duradera โ€, encontramos que las mismas se mueven entre dos tendencias: a) justificar ante la opiniรณn pรบblica muchas de las exageraciones que hicieron durante la campaรฑa del NO, b) negar completamente la posibilidad de un acuerdo y obligar a las FARC a aceptar las condiciones de una guerrilla derrotada o, en caso contrario, continuar en la guerra. Sรญ de manera maniquea la segunda tendencia es la que se privilegia, la primera la complementarรก para mostrar โ€œgran profundidadโ€ en las aseveraciones del Uribismo respecto al peligro para la propiedad privada y el desarrollo nacional.
Respecto al primer punto del acuerdo โ€œHacia un nuevo campo colombiano: Reforma rural integralโ€ vemos que los lineamientos para su correcciรณn, presentados por el Centro democrรกtico se ubican en la tendencia de justificar ante la opiniรณn muchas de las exageraciones que se hicieron durante la campaรฑa, ya que no se encuentran objeciones de fondo al mismo.
Llama la atenciรณn, en todo caso, que en algunos de los planteamientos parece que quien pusiera condiciones para desmovilizarse fuera el Centro democrรกtico y no las FARC, ya que pretende colocarle al Estado modificaciรณn de normativas que no se trataron en el acuerdo para la terminaciรณn del conflicto, tales como la planteada a la ley 1448 de 2011 y tambiรฉn en los planteamientos sobre baldรญos. El Centro democrรกtico parece querer ganar acรก lo que no ha podido hacer con su trรกmite parlamentario. Ellos podrรญan decir que se trata de legislar con el โ€œEstado de opiniรณnโ€ pero como ya estรก visto eso es contrario a un Estado social de derecho.
Sostengo en este escrito que la mayorรญa de los lineamientos del Centro democrรกtico CD para la modificaciรณn del capรญtulo 1 son observaciones que no varรญan el fondo de lo acordado, y que รฉste trata de mostrar con galimatรญas que tenรญa razรณn cuando denunciaba el peligro de un acuerdo que โ€œdejaba en alto riesgo la economรญa y la inversiรณn privada en el paรญsโ€. A continuaciรณn presento comentarios a los lineamientos del CD sobre el capรญtulo en referencia.
Para comenzar sus lineamientos al respecto, el documento del Uribismo hace un comentario que incurre en una mentira garrafal:
CD. El modelo de desarrollo rural hace parte integral del modelo de desarrollo econรณmico y social del paรญs, una de las lรญneas rojas โ€œinnegociablesโ€ del Gobiernodentro del proceso. En consecuencia, haberlo negociado con las Farc genera una ilegitimidad insubsanable .
Digo que es mentira ya que en ninguna parte del acuerdo para la terminaciรณn del conflicto se habla de negociar el modelo econรณmico y social; de hecho no se modifica ningรบn artรญculo de la constituciรณn colombiana ni ninguna ley. Es de observar que desde muchos sectores sociales, en su momento, criticamos que el acuerdo se mueve dentro del modelo de desarrollo rural del gobierno , y que incluso no se habla ya de reforma agraria sino de reforma rural integral. Para estos sectores sociales era claro que la lรญnea roja la habรญa puesto el Gobierno nacional pero que ninguna norma constitucional prohibรญa tratar este tema y que incluso muchos derechos consagrados en la carta magna son violados por la implementaciรณn desaforada de este modelo. A pesar que no logramos que nuestras exigencias y denuncias sobre los efectos nefastos del modelo de desarrollo tuvieran alguna respuesta en el acuerdo, continuamos apoyando el proceso, dado que consideramos bรกsica, para el campo colombiano y para el paรญs, la terminaciรณn de la guerra y que somos nosotros, desde nuestras luchas y movilizaciones, quienes podemos cambiar el mismo.
Mirando los lineamientos del CD, en ningรบn momento prueban que se haya modificado el modelo de desarrollo y por tanto tiene que dar palos a ciegas contra los molinos de viento que ha inventado para consumo de la opiniรณn pรบblica; tal como se puede observar cuando afirma que la reforma rural integral debe:
CD. Ser verdaderamente integral e inclusiva. Sin menoscabo del รฉnfasis que se le quiera dar a la โ€œeconomรญa campesina, familiar y comunitariaโ€ dentro de un producciรณn familiar de bรบsqueda de equidad, una reforma integral debe reconocer la existencia de la producciรณn empresarial de mayor escalas, su importancia dentro del desarrollo rural y la economรญa nacional, y la tambiรฉn obligaciรณn del Estado de promoverla dentro de condiciones establecidas.
El acuerdo para la terminaciรณn del conflicto hace รฉnfasis en la economรญa campesina, familiar y comunitaria, ya que en su abandono y falta de polรญticas de apoyo y de seguridad jurรญdica se encuentra algunas de las causas de la inequidad histรณrica en Colombia; no obstante este รฉnfasis no desconoce la existencia de producciรณn empresarial, antes bien seรฑala: โ€œQue el desarrollo rural integral se adelantarรก en un contexto de globalizaciรณn y de polรญticas de inserciรณn en ella por parte del Estado que demandan una atenciรณn especial de la producciรณn agropecuaria nacional y especialmente de la producciรณn campesina, familiar y comunitariaโ€โ€ฆ โ€œQue en su visiรณn, la RRI reconoce el papel fundamental de la economรญa campesina, familiar y comunitaria en el desarrollo del campo, la erradicaciรณn del hambre, la generaciรณn de empleo e ingresos, la dignificaciรณn y formalizaciรณn del trabajo, la producciรณn de alimentos y, en general, en el desarrollo de la naciรณn, en coexistencia y articulaciรณn complementaria con otras formas de producciรณn agrariaโ€โ€ฆ โ€œCrearรก mecanismos de concertaciรณn y diรกlogo social entre el Gobierno Nacional, regional y local, los campesinos y las campesinas y las comunidades indรญgenas, negras, afrodescendientes, raizales y palenqueras, y otras comunidades en donde conviven diferentes etnias y culturas, y las empresas del sector privado que adelanten su actividad econรณmica en los territorios rurales, con el fin de generar espacios formales de interlocuciรณn entre actores con diversos intereses, que permitan impulsar una agenda de desarrollo comรบn, orientada hacia la sostenibilidad socio-ambiental, el bienestar de los pobladores rurales y el crecimiento econรณmico con equidadโ€.
CD. Ser verdaderamente integral desde el punto de vista productivo. Histรณricamente, las reformas centradas exclusivamente en la redistribuciรณn de la tierra no han logrado disminuir la pobreza rural.
El acuerdo no se centra exclusivamente en la redistribuciรณn de la tierra, como se puede ver en los 14 programas que mรกs adelante el mismo CD seรฑala, en el planteamiento de los Programas de desarrollo con enfoque territorial PDET, y en contextualizaciones como: โ€œQue si bien este acceso a la tierra es una condiciรณn necesaria para la transformaciรณn del campo, no es suficiente por lo cual deben establecerse planes nacionales financiados y promovidos por el Estado destinados al desarrollo rural integral para la provisiรณn de bienes y servicios pรบblicos como educaciรณn, salud, recreaciรณn, infraestructura, asistencia tรฉcnica, alimentaciรณn y nutriciรณn, entre otros, que brinden bienestar y buen vivir a la poblaciรณn rural โ€”niรฑas, niรฑos, hombres y mujeresโ€โ€ฆ โ€œQue en su visiรณn, la RRI reconoce el papel fundamental de la economรญa campesina, familiar y comunitaria en el desarrollo del campo, la erradicaciรณn del hambre, la generaciรณn de empleo e ingresos, la dignificaciรณn y formalizaciรณn del trabajo, la producciรณn de alimentos y, en general, en el desarrollo de la naciรณn, en coexistencia y articulaciรณn complementaria con otras formas de producciรณn agrariaโ€.
CD. Promover la asociatividad de los pequeรฑos propietarios preexistentes y nuevos.
Este es uno de los puntos en que mรกs insiste el acuerdo para la terminaciรณn del conflicto: โ€œEl desarrollo de la economรญa campesina y familiar (cooperativa, mutual, comunal, micro-empresarial y asociativa solidaria) y de formas propias de producciรณn de las comunidades indรญgenas, negras, afrodescendientes, raizales y palenqueras, mediante el acceso integral a la tierra y a bienes y servicios productivos y sociales. Los PDET intervendrรกn con igual รฉnfasis en los espacios interรฉtnicos e interculturales para que avancen efectivamente hacia el desarrollo y la convivencia armรณnicaโ€.
CD. Respetar el derecho a la legรญtima propiedad privada.
El acuerdo para la terminaciรณn del conflicto se mueve en el marco del respeto a la legรญtima propiedad privada. Cuando se refiere al fondo de tierras, a tres millones de hectรกreas que deben ser incluidas en el mismo durante los diez prรณximos aรฑos, lo hace ateniรฉndose a normas ya existentes, que han sido aprobadas por el Congreso de la Repรบblica, y que han cuidado, como a la piedra de la corona, el respeto a la propiedad privada.
Se afirma en el acuerdo que el fondo de tierras provendrรก de las siguientes fuentes: a) Tierras provenientes de la extinciรณn judicial de dominio a favor de la Naciรณn, b) Tierras recuperadas a favor de la Naciรณn: es decir, baldรญos indebidamente apropiados u ocupados, recuperados mediante procesos agrarios, sin perjuicio de los campesinos y lascampesinas que puedan ser beneficiarios del programa de formalizaciรณn, c) Tierras provenientes de la actualizaciรณn, delimitaciรณn y fortalecimiento de la Reserva Forestal, con destino a los beneficiarios y beneficiarias del Fondo de Tierras, d) Tierras inexplotadas: tierras recuperadas mediante la aplicaciรณn del actual procedimiento de extinciรณn administrativa de dominio, por incumplimiento de la funciรณn social y ecolรณgica de la propiedad, e) Tierras adquiridas o expropiadas por motivos de interรฉs social o de utilidad pรบblica,adquiridas para promover el acceso a la propiedad rural, con la correspondiente indemnizaciรณn, f) Tierras donadas: el Gobierno Nacional adelantarรก las gestiones necesarias para facilitar los procedimientos de donaciรณn de tierras al Fondo de Tierras, en el marco de la terminaciรณn del conflicto y de la construcciรณn de la paz. Estas fuentes tendrรกn como mecanismos complementarios y alternativos subsidios integrales y crรฉditos integrales para compra de tierras.
Tal vez el temor del uribismo es que las tierras adquiridas por narcotraficantes (a las que puede aplicarse la extinciรณn de dominio), o los baldรญos indebidamente ocupados por empresarios y las tierras inexplotadas, sirvan para la redistribuciรณn de tierras en el paรญs y que no puedan seguir en manos de quienes por ahora las usufructรบan; es claro que la Mesa de la Habana no creรณ ninguna norma ni procedimiento para la constituciรณn del fondo de tierras, solamente que le apuesta a que leyes existentes desde hace dรฉcadas se cumplan, en tanto que el Uribismo quiere desmontar estas leyes dentro del acuerdo nacional de paz que propone. Es decir que en este punto, la pelea del CD no es contra el contenido del acuerdo para la terminaciรณn del conflicto sino contra la aplicaciรณn de las leyes y, en รบltimas, de la constituciรณn nacional.
CD. Permitir y promover la participaciรณn ciudadana, dentro de las instancias y competencias de las instituciones democrรกticas.
Esta es una de las condiciones de la reforma rural integral en el acuerdo para la terminaciรณn del conflicto: โ€œQue la efectividad, transparencia y el buen desarrollo de la RRI dependen en gran medida de la promociรณn de una amplia participaciรณn de las comunidades, mediante la generaciรณn de espacios institucionales participativos y democrรกticos donde รฉstas tengan capacidad de transformaciรณn e incidencia en la planeaciรณn, implementaciรณn y seguimiento de los diferentes planes y programas acordados. La participaciรณn es asรญ mismo garantรญa de una mayor inclusiรณn de las comunidades rurales โ€”mujeres y hombresโ€” en la vida polรญtica, econรณmica, social y cultural de sus regiones y, por ende, de la naciรณnโ€.
CD. La selecciรณn de los beneficiarios del Fondo Gratuito de Tierras, y de los beneficios subsidiarios (subsidios, capital semilla y el acceso a otros programas socioeconรณmicos) debe obedecer a criterios objetivos definidos en la ley. En ningรบn caso las FARC, a travรฉs de organizaciones en los territorios de su influencia, puede tener participaciรณn directa o indirecta en la selecciรณn de beneficiarios.
El acuerdo no habla de que las FARC van a priorizar beneficiarios; da unas pautas para la selecciรณn de zonas u poblaciones, acorde con la constituciรณn y la ley: โ€œEl proceso de transformaciรณn estructural del campo debe cobijarla totalidad de las zonas rurales del paรญs. Se priorizarรกn las zonas mรกs necesitadas y urgidas con PDET para implementar con mayor celeridad y recursos los planes nacionales que se creen en el marco de este Acuerdo. Los criterios de priorizaciรณn de las zonas serรกn: Los niveles de pobreza, en particular de pobreza extrema y de necesidades insatisfechas; El grado de afectaciรณn derivado del conflicto; La debilidad de la institucionalidad administrativa y de la capacidad de gestiรณn; La presencia de cultivos de uso ilรญcito y de otras economรญas ilegรญtimasโ€.
Es necesario llamar la atenciรณn para que la propuesta del Uribismo en este tema quede clara, ya que una cosa es buscar que las FARC no tengan ningรบn derecho especial de selecciรณn derivado del acuerdo para la terminaciรณn del conflicto, y otra es que ya constituidas en actores sociales y polรญticos legales no puedan hacerlo, ya que ello constituirรก una violaciรณn de la igualdad y del derecho a la participaciรณn, y, aรบn mรกs, serรญa gravรญsimo que se considerara que algunas organizaciones no puedan hacerlo, por considerarse que son โ€œorganizaciones en los territorios de su influenciaโ€ que van a garantizar la participaciรณn indirecta de las FARC: la cacerรญa de brujas no se harรญa esperar.
CD. El Gobierno caracterizarรก con precisiรณn el concepto de Baldรญo de la Naciรณn y los procesos de su conversiรณn a propiedad privada a partir de la ocupaciรณn de buena fe. La propiedad de las tierras baldรญas ocupadas de buena fe dentro de los tiempos que prescribe la ley serรก respetada y formalizada, y esos predios no harรกn parte del Fondo de Tierras. Los acuerdos no deben afectar propietarios o poseedores honestos, cuya buena fe debe dar presunciรณn, no desvirtuable, de ausencia de culpa.
Aquรญ el Uribismo trata de meter gato por liebre. El concepto de baldรญo estรก claro en la constituciรณn y la ley que lo clasifica como bien fiscal adjudicable, una de cuyas caracterรญsticas es que su propiedad por la Naciรณn es imprescriptible y por tanto no pueden ser adquiridos por el solo hecho de la posesiรณn u ocupaciรณn; la รบnica forma en que un baldรญo salga de la propiedad de la Naciรณn es que รฉsta lo adjudique de acuerdo con la constituciรณn y la ley. Los poseedores de buena fe no son propietarios, pero deben ser sujetos de adjudicaciรณn, siempre y cuando cumplan con las condiciones legales y constitucionales. No se puede hablar de propiedad de las tierras baldรญas ocupadas de buena fe dentro de los tiempos que prescribe la ley, ya que no hay propiedad de tierras baldรญas distinta a la del Estado.
En todo caso, la discusiรณn que plantea el Uribismo no es con el acuerdo para el fin del conflicto sino con la constituciรณn colombiana y la ley. Se quiere utilizar el voto por el โ€œNO apoyo al acuerdoโ€ para impedir que se puedan adjudicar baldรญos hasta que no cambien la constituciรณn y la ley en el sentido que quiere el CD, que es el de proteger a personas y empresas que los han ocupado y que no cumplen los requerimientos dado su alto patrimonio, asรญ como por la cantidad de tierras que ocupan: legislar con el Estado de opiniรณn y no con el Estado social de derecho.
El acuerdo de la Habana plantea que al fondo de tierras entrarรกn โ€œtierras recuperadas a favor de la Naciรณn: es decir, baldรญos indebidamente apropiados u ocupados, recuperados mediante procesos agrarios, sin perjuicio de campesinos campesinas que puedan ser beneficiarios del programa de formalizaciรณnโ€. En tanto el capรญtulo รฉtnico contempla una salvaguarda para pueblos indรญgenas y afrocolombianos que por constituciรณn y ley tambiรฉn son beneficiarios de baldรญos y/o en algunos casos, terrenos considerados baldรญos pueden encontrarse en territorios ancestrales.
CD. No obstante, con el mismo fin de garantizar la legรญtima propiedad de a tierra, el Estado deberรก precisar las competencias, el alcance e instancias procesales para la aplicaciรณn de la extinciรณn administrativa de dominio por incumplimiento de la funciรณn ecolรณgica y de la expropiaciรณn administrativa por motivos de interรฉs social o utilidad pรบblica. Se hace necesario, igualmente, promover la revisiรณn integral de la legislaciรณn ambiental y de su institucionalidad.
Sin entrar a profundizar o convertirse en un experto en este tema, se puede observar que aquรญ no hay discusiรณn del CD con el acuerdo para la terminaciรณn del conflicto sino con la Constituciรณn que es la que define tanto la propiedad como su funciรณn ecolรณgica, asรญ como la expropiaciรณn por motivos de interรฉs social o utilidad pรบblica. Nuevamente el CD se sale del texto del acuerdo para proponer la revisiรณn integral de la legislaciรณn ambiental y de su institucionalidad, cuando son temas que no han sufrido ninguna modificaciรณn en el acuerdo de la Habana; nuevamente se quiere legislar con el Estado de opiniรณn y no en el marco del Estado Social de Derecho.
El acuerdo para la terminaciรณn del conflicto plantea al respecto รบnicamente que el fondo de tierras se constituirรก tambiรฉn con: โ€œTierras inexplotadas: tierras recuperadas mediante la aplicaciรณn del actual procedimiento de extinciรณn administrativa de dominio, por incumplimiento de la funciรณn social y ecolรณgica de la propiedad; Tierras adquiridas o expropiadas por motivos de interรฉs social o de utilidad pรบblica, adquiridas para promover el acceso a la propiedad rural, con la correspondiente indemnizaciรณnโ€.
Nuevamente es necesario recalcar que la Mesa de la Habana no creo ninguna norma ni procedimiento para la constituciรณn del fondo de tierras, solamente que le apuesta a que leyes existentes desde hace dรฉcadas se cumplan, en tanto que el Uribismo quiere desmontar estas leyes dentro del acuerdo nacional de paz que propone.
CD. El reconocimiento de que los recursos provenientes de la โ€œeconomรญa de guerra de propiedad de esa organizaciรณnโ€, incluida la tierra despojada, se deben poner al servicio de la reparaciรณn de las vรญctimas, debe quedar explรญcito en el acuerdo.
Este reconocimiento no estรก en el acuerdo pero las FARC desde el 1 de octubre del presente aรฑo declararon que lo harรญan. Es un punto nuevo en el que tiene razรณn el CD, que debe quedar explicito. Bastarรญa agregarle que es necesario que se cumpla y no que pase como con el proceso con los paramilitares en donde quedo explicito, pero se convirtiรณ en un formalismo, porque esos recursos no llegaron a las vรญctimas ni salieron del paramilitarismo.
CD. El Estado garantizarรก que el uso econรณmico de la tierra rural sea determinado por el libre mercado, dentro de las limitaciones de una legislaciรณn ambiental actualizada. No obstante, mediante incentivos y beneficios podrรก estimular determinados usos de la tierra en funciรณn de las prioridades establecidas en los planes departamentales, regionales o nacionales, y de las orientaciones macroeconรณmicas del paรญs.
Es una declaraciรณn que no riรฑe con el acuerdo para la terminaciรณn del conflicto ni con lo referente a los Programas de desarrollo con enfoque territorial PDET. Como ya se ha dicho el acuerdo seรฑala โ€œQue el desarrollo rural integral se adelantarรก en un contexto de globalizaciรณn y de polรญticas de inserciรณn en ella por parte del Estado que demandan una atenciรณn especial de la producciรณn agropecuaria nacional y especialmente de la producciรณn campesina, familiar y comunitariaโ€โ€ฆ por otra parte en los planes de desarrollo nacional, departamental y municipal se habรญa dado el lineamiento por parte del Gobierno nacional que estos debรญan adecuarse, sin perder su autonomรญa, en el momento en que fuera puesta en implementaciรณn la etapa del posacuerdo.
Para que no queden dudas, el CD debรญa aclarar que quiere decir โ€œuna legislaciรณn ambiental actualizadaโ€: se refiere a que la existente es la actualizada o plantea que hay que hacer esa actualizaciรณn? Sรญ es lo segundo, ello no tiene que ver con los acuerdos de la Habana, ya que estos han trabajado sobre la legislaciรณn existente.
CD. Sin prevenciรณn alguna, el Gobierno debe revisar las distorsiones de la Ley 1448 de 2011 en su componente de restituciรณn de tierras, entre ellas la figura de los โ€œcompradores de buena fe no exentos de culpaโ€, que no solo encierra una contradicciรณn intrรญnseca, sino que atenta contra el derecho a la legรญtima propiedad de la tierra. El anรกlisis de contexto no puede servir de prueba para seรฑalar la culpa a los propietarios de buena fe.
Aquรญ estรก claro que el CD quiere legislar desde el Estado de opiniรณn, ya que la ley 1448 es anterior al acuerdo para la terminaciรณn del conflicto. Es que el Uribismo teme que ahora, con el acuerdo, si se empiece a aplicar esta ley? Es un reconocimiento explicito de que en Colombia las leyes se obedecen pero no se cumplen?
Puede quienes se reclaman voceros del NO plantear modificaciones a temas que no son resultado del acuerdo?
CD. El Estado colombiano debe diseรฑar y ejecutar polรญticas para todos los campesinos, sin generar discriminaciรณn alguna por su localizaciรณn. En defensa de los principios de equidad e inclusiรณn que se pregonan en la Reforma Rural, no puede haber ningรบn tipo de atenciรณn preferencia en detrimento de los campesinos no ubicados en Zonas de Reserva.
Es, para ponerle adjetivos, bastante envidioso y generador de discordias, pretender que el tratamiento debe ser igual para todos, cuando se debe partir de las inequidades existentes y de las altas diferencias de desarrollo regional. Serรญa un contrasentido pensar que apoyar a sectores marginados por el proceso econรณmico y social va en detrimento de otros sectores o de otras personas pobres del paรญs, a ese paso solo se puede pensar en subsidios para todos y no en programas acordes con las caracterรญsticas econรณmicas, sociales y culturales de las poblaciones. El acuerdo no prioriza solo las zonas de reserva campesina y los territorios indรญgenas y afrocolombianos sino que seรฑala: โ€œQue la RRI es de aplicaciรณn universal y su ejecuciรณn prioriza los territorios mรกs afectados por el conflicto, la miseria y el abandono, a travรฉs de programas de desarrollo con enfoque territorial, como instrumentos de reconciliaciรณn en el que todos sus actores trabajan en la construcciรณn del bien supremo de la paz, derecho y deber de obligatorio cumplimientoโ€. En todo caso el acuerdo se plantea que la RRI debe cubrir totalmente el campo colombiano en 10 aรฑosโ€ฆ En los beneficiarios no se incluyen solamente los de zona de reserva campesina sino que estos: โ€œserรกn trabajadores y trabajadoras con vocaciรณn agraria sin tierra o con tierra insuficiente, priorizando a las mujeres rurales, mujeres cabeza de familia y a la poblaciรณn desplazada. Tambiรฉn podrรกn ser beneficiarias asociaciones de trabajadores y trabajadoras con vocaciรณn agraria sin tierra o con tierra insuficiente, asรญ como personas y comunidades que participen en programas de asentamiento y reasentamiento con el fin, entre otros, de proteger el medio ambiente, sustituir cultivos ilรญcitos y fortalecer la producciรณn alimentariaโ€.
CD. La Reforma Rural Integral debe ceรฑirse al artรญculo 9ยบ de la Ley 101 de 1993, que establece que โ€œCuando las normas municipales sobre el uso de la tierra no permitan aprovechamientos diferentes de los agropecuarios, los avalรบos catastrales no podrรกn tener en cuenta ninguna consideraciรณn distinta a la capacidad productiva y la rentabilidad de los predios, asรญ como sus mejoras, excluyendo, por consiguiente, factores de valorizaciรณn tales como el influjo del desarrollo industrial o turรญstico, la expansiรณn urbanizadora y otros similaresโ€. De no ser asรญ, el levantamiento catastral rural, como base del impuesto predial, se convierte en una exacciรณn para el productor.
Si son normas municipales aplican para los municipios que las tengan, ese ya es un asunto de tรฉcnica catastral y rรฉgimen fiscal que no ha sido tratado en la mesa de la Habana, ya que allรญ lo รบnico que se ve es que se aceptรณ una polรญtica que ha venido impulsando el gobierno nacional de actualizaciรณn catastral, la cual seguramente tuvo cabida dentro del acuerdo porque permite la formalizaciรณn de la propiedad, la ampliaciรณn de la base catastral y el mensaje claro, a quienes mantienen terrenos ociosos o de โ€œengordeโ€, en el sentido consistente en que no es rentable dejarlos sin producir y que deben trabajarlos o colocarlos en el mercado de tierras.
El acuerdo dice: โ€œel Gobierno nacional pondrรก en marcha Un Sistema General de Informaciรณn Catastral, integral y multipropรณsito, que en un plazo mรกximo de 7 aรฑos concrete la formaciรณn y actualizaciรณn del catastro rural, vincule el registro de inmuebles rurales y se ejecute en el marco de la autonomรญa municipal. En desarrollo de los principios de Priorizaciรณn y de Bienestar y Buen vivir, este catastro deberรก producir resultados tempranos en las zonas priorizadas, en el marco de lo que acuerden el Gobierno Nacional y las FARC-EP. Este sistema tendrรก informaciรณn desagregada por sexo/gรฉnero y etnia, que permita, entre otros, contar con informaciรณn sobre el tamaรฑo y las caracterรญsticas de los predios en manos de mujeres, su relaciรณn con la tierra y las formas de titulaciรณnโ€โ€ฆ โ€œLos propรณsitos de la formaciรณn y actualizaciรณn integral del catastro, como del registro de inmuebles rurales, ademรกs de obtener el mejoramiento sostenible de la informaciรณn y de los procesos catastrales, apuntarรกn a dar seguridad jurรญdica y social, especialmente a la pequeรฑa y mediana propiedad rural, en beneficio de la producciรณn alimentaria y del equilibrio ambientalโ€.
CD. Los procesos de actualizaciรณn catastral respetarรกn la propiedad legรญtima de la tierra y sus usos productivos actuales. Las instituciones gubernamentales serรกn las รบnicas autorizadas para desarrollar dichos procesos.
Pues claro. No veo nada distinto en el acuerdo para la terminaciรณn del conflicto.
CD. El Gobierno deberรก priorizar el reto de la necesaria actualizaciรณn catastral en la cobertura, ligada al proceso de registro, dos aspectos fundamentales para la formalizaciรณn de la propiedad. En cuanto a la valoraciรณn del actual levantamiento catastral rural, por el contrario, los predios caracterizados han presentado un incremento sustancial, de 32 billones de pesos en 2002, a 157 billones en 2015, que ha incidido en el tambiรฉn incremento exagerado del impuesto predial.

Son consejos para quienes van a hacer actualizaciรณn. En todo caso, de aceptarse por los equipos tรฉcnicos o por las alcaldรญas, no sobra mirar sรญ en la caracterizaciรณn actual hay equidad en los cobros, segรบn los distintos usos y รกreas.

CD. La participaciรณn comunitaria es el ejercicio de un derecho, que no puede convertirse en un mecanismo de control social y territorial de las FARC en el posacuerdo. El Art 103 de la Constituciรณn es el fundamento y guรญa de la participaciรณn ciudadana. Dentro del mismo orden de ideas, los Planes Nacionales incluidos en la RRI, financiados y promovidos por el Estado, deben respetar la descentralizaciรณn y la autonomรญa regional y local, dentro del marco de la Constituciรณn y de la ley. La participaciรณn de las comunidades debe respetar la capacidad propositiva de los candidatos a las gobernaciones y Alcaldรญas y preservar el voto programรกtico, que representa la oferta de quien aspira a ser elegido y la posibilidad de los electores a exigir lo ofrecido.

Coincido totalmente; pero hay algo en el acuerdo que se pueda interpretar en el sentido contrario?

CD. Con la creaciรณn de 14 Planes Nacionales para atender todas las exigencias de una transformaciรณn rural integral, ademรกs de instancias a todo nivel para el uso de la tierra y otros fines de la RRI, se crea una NUEVA INSTITUCIONALIDAD que no solo no estรก articulada a las instituciones vigentes, sino que, ademรกs, tiene un costo fiscal que se debe evaluar como criterio para su inclusiรณn en la Reforma. En consecuencia, los Planes Nacionales y demรกs instancias, como regla general, se deben incorporar a la institucionalidad vigente a nivel centro y descentralizado.
No es cierto que se cree una nueva institucionalidad. Al no crearse es claro que las planes nacionales deben ejecutarse desde la institucionalidad vigente a nivel centro y descentralizado. En el tema del costo fiscal es lรณgico que deba evaluarse como criterio para la inclusiรณn de estos planes en la reforma. Pero es bueno recalcar que el plan se ubica en una โ€œfase de transiciรณn de 10 aรฑos, en la cual logre la erradicaciรณn de la pobreza extrema y la reducciรณn en todas sus dimensiones de la pobreza rural en un 50%, asรญ como la disminuciรณn de la desigualdad y la creaciรณn de una tendencia hacia la convergencia en mejores niveles de vida en la ciudad y en el campoโ€. Si ello no es posible hacerlo en este tiempo, pues no se a que le estรฉn apostando partidos como el CD.
El acuerdo plantea los siguientes programas, que bien analizados deberรญan ser un propรณsito nacional y que por demรกs ya los deberรญan estar ejecutando las instituciones: Plan Nacional de Vรญas Terciarias; Plan Nacional de Riego y Drenaje para la economรญa campesina, familiar y comunitaria; Plan Nacional de Electrificaciรณn Rural; Plan Nacional de Conectividad Rural; Plan Nacional de Salud Rural; Plan Especial de Educaciรณn Rural; Plan nacional de construcciรณn y mejoramiento de la vivienda social rural; Plan nacional de fomento a la economรญa solidaria y cooperativa rural; Plan nacional de asistencia integral tรฉcnica, tecnolรณgica y de impulso a la investigaciรณn; Plan para apoyar y consolidar la generaciรณn de ingresos de la economรญa campesina, familiar y comunitaria, y de los medianos productores y productoras con menores ingresos; Plan nacional para la promociรณn de la comercializaciรณn de la producciรณn de la economรญa campesina, familiar y comunitaria; Plan progresivo de protecciรณn social y de garantรญa de derechos de los trabajadores y trabajadoras rurales; Sistema especial para la garantรญa progresiva del derecho a la alimentaciรณn de la poblaciรณn rural.

Asi pues el CD no tiene objeciones en este punto al acuerdo para la terminaciรณn del conflicto sino a la constituciรณn y la a la ley, como resultado de su experiencia con casos como el de Carimagua, Agro Ingreso Seguro, restituciรณn y anti restituciรณn de tierras a las vรญctimas, baldรญos entregados a empresas como Riopaila, polรญtica de seguridad democrรกtica, entre otros. Las observaciones que no tienen que ver con oposiciรณn a la ley y la constituciรณn son complementos y ratificaciones de lo ya acordado en la Habana. El CD plantea de manera soterrada cambios legislativos desde un Estado de opiniรณn y no desde un Estado social de derecho; esa es su propuesta de acuerdo nacional de paz.

Popayรกn, octubre 17 de 2016.

Henry Caballero Fula.
Integrante de comisiรณn de paz del CRIC

1. En adelante CD
2. En adelante: acuerdo para la terminaciรณn del conflicto
3. En adelante, en cursiva los lineamientos planteados por el Centro democrรกtico para la modificaciรณn del acuerdo para la terminaciรณn del conflicto.
4. Caballero Fula, H. Acuerdos de la Habana y territorialidad indรญgena. En: http://www.revistas.unal.edu.co/index.php/bitacora/article/view/59297/pdf

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