La Sala Sexta Laboral del Tribunal de Bogotá, mediante “fallo” del 12 de febrero de 2025, niega el derecho de Consulta Previa a los Pueblos negros del Litoral Pacífico Colombiano, en relación con las obras militares, o “estación guardacostas”, en la Isla Gorgona. Desconoce, así, el precedente de la Sala Segunda Laboral, del mismo Tribunal, que garantista e incluyente -mediante providencia del 9 de abril de 2024-, ampara los derechos al Debido Proceso y a la Consulta Previa al Consejo Comunitario Guapi Abajo.
¡Es nuestro derecho y deber protestar contra este hecho de racismo estructural, que viola los derechos de exclusiva soberanía popular, consagrados en la Constitución Política de Colombia!
Ambientalistas, comunidades, pescadores artesanales, Consejos Comunitarios, entidades científicas y muchos más, se oponen a tal base militar, desde que fue anunciado este proyecto del Comando Sur de los Estados Unidos durante el gobierno de Juan Manuel Santos.
En la “odisea jurídica” de este proceso, hay innumerables avances y retrocesos. Mediante Sentencia (T-470 de 2024), la Sala Séptima de la Corte Constitucional revoca la providencia de la Sala Segunda Laboral y mientras se resuelve Incidente de Nulidad ante la Sala Plena, se emite el cuestionado fallo del Tribunal.
Hoy es indispensable unir de nuevo las voces y la acción, contra la consumación del crimen de ecocidio sobre un área protegida de gran riqueza biológica; en defensa de la paz, la naturaleza y los derechos humanos. No más dilaciones “legales” en la protección y garantía de la soberanía exclusiva de los Pueblos ancestrales y sus derechos territoriales.
Darío González Posso
Investigador de INDEPAZ
15 de Febrero, 2025
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