Camilo Gonzรกlez Posso
Presidente de Indepaz
Bogotรก D.C. 5 de julio de 2025
Se vuelve a hablar de papeleta y de constituyente. Ha sido un tema recurrente desde el final de siglo, cada vez que se estรก ante grandes encrucijadas o serias crisis.
En estos 34 aรฑos en Indepaz hemos publicado cada aรฑo reseรฑas sobre el proceso constituyente de los aรฑos 80 y sobre la importancia y cambios en la Constituciรณn Polรญtica de Colombia promulgada el 5 de julio de 1991. En ocasiรณn del veinte aniversario en el Centro de Memoria, Paz y Reconciliaciรณn publiquรฉ un libro con aportes de casi todos los constituyentes y algunos ensayos en los cuales presento mi testimonio como partรญcipe en los acontecimientos y mesas de pacto que antecedieron la elecciรณn y funcionamiento de la Asamblea Constituyente. (ver www.indepaz.org.co Memorias de la democracia y la paz).
Mi memoria, parcial como todas, retoma experiencias directas. Participรฉ en 1985 y 1989 en las comisiones del diรกlogo para los acuerdos con el M19, en la comisiรณn preconstituyente, en el grupo redactor de la papeleta por la constituyente en diciembre de 1989 y en enero de 1990, en las conversaciones para el decreto sobre Asamblea Constitucional que redactรณ Marcela Romero como jurรญdica de la presidencia de la Repรบblica; tambiรฉn como delegado de la Alianza Democrรกtica โ M19 en la firma del acuerdo que permitiรณ la convocatoria a la Asamblea Constituyente y que se formalizรณ en sentencia de la Corte Suprema y en la votaciรณn de diciembre de 1990.
En 1990 se dieron tres votaciones por la Constituyente. La primera el 11 de marzo, que se conociรณ como Sรฉptima Paleta, en dรญa de elecciรณn al Congreso y a cuerpos colegiados territoriales, la segunda el 27 de mayo con la elecciรณn de presidente y la tercera el 9 de diciembre 1990.
Este 1990 fue un aรฑo de grandes contradicciones marcadas por la crisis institucional y de violencias con ascenso del terrorismo narcotrรกficante, la persistencia del genocidio a la UP y al mismo tiempo por la emergencia del movimiento por la paz y la democracia que respondiรณ a la crisis y a los asesinatos de los candidatos presidenciales Luis Carlos Galรกn, Carlos Pizarro Leongomez y Bernardo Jaramillo.
ยฟDe quiรฉn fue la iniciativa de redactar y llamar a meter una papeleta proconstituyente en las urnas?
Hay columnas de opiniรณn y frases โde oรญdasโ que dicen solo que fue idea surgida desde profesores y estudiantes universitarios. Es la narraciรณn mรกs frecuente y parte de la historia. No se conoce, o se reconoce menos, que en realidad desde diciembre de 1989 se habรญa publicado el primer texto de papeleta en el periรณdico de FUTRABOC en Bogotรก. Este texto fue redactado por el grupo de la revista Debate en SintraIdema y Dagoberto Quiroga se encargรณ de llevarlo a Santo Domingo, a Carlos Pizarro, como alternativa ante la caรญda de la reforma constitucional que hundiรณ parte clave del acuerdo de paz. Otra versiรณn que llegรณ a Santo Domingo en diciembre de 1989 fue redactada por el equipo de apoyo al Diรกlogo Nacional y llevada a Santo Domingo por Alberto Caicedo, quien era delegado del M19 en ese Diรกlogo que sesionรณ en las instalaciones del Congreso de la Repรบblica entre febrero y junio de 1989. En enero apareciรณ en el Espectador la propuesta del Comitรฉ proconstituyente, tal como lo relata el constitucionalista Santiago Peรฑa en su columna del 2 de febrero de 1990. (Ver Memorias para la democracia y la Paz, pag.88, CMPR 2012).
En la reuniรณn del Comitรฉ proconstituyente realizada en la sede de la Democracia Cristiana a finales de enero de 1990, llegaron el entonces profesor de la Universidad de los Andes Fernando Carrillo y el estudiante Oscar Ortiz y expresaron su acuerdo con la propuesta. Manifestaron que tenรญan algunas sugerencias de redacciรณn y en efecto hicieron una nueva versiรณn en reuniรณn con directivos de la facultad de derecho de la Universidad del Rosario y estudiantes impulsores de la idea. Esa versiรณn fue la que llevaron a El Tiempo, con el apoyo de D/Artaรฑan, lo que derivรณ en la inicial divulgaciรณn de dos textos. (GonzalezPosso, 2005).
Asรญ que a la pregunta de ยฟQuiรฉnes propusieron la hoy recordada Sรฉptima Papeleta? Que es una pregunta distinta a la de quienes promovieron la Constituyente desde los aรฑos 70 y los diรกlogos de 1984, hay que responder que fueron muchas manos que interpretaron un momento crucial desde diversos sectores: unos empeรฑados en darle posibilidad a la paz y superar la crisis del acuerdo con el M19, otros buscando respuesta a la crisis de violencia e institucional que se manifestรณ en el asesinato de Luis Carlos Galรกn y otros, desde el movimiento universitario y democrรกtico. El estudiantado se colocรณ a la vanguardia de la convocatoria, como se vio en el Congreso Universitario y en el centro estudiantil de mando que tuvo su sede en el CINEP.
No es detalle menor recordar que parte de las papeletas que se repartieron el 11 de marzo para que fueran llevadas a las mesas de votaciรณn, fueron impresas con recursos que aportรณ el Provincial de los Jesuitas y otros de la campaรฑa electoral de Carlos Pizarro entregados a la gerencia de esa campaรฑa por la presidencia de la Repรบblica con autorizaciรณn del presidente Virgilio Barco y del Secretario General de la presidencia, Germรกn Montoya. En El Tiempo, El Espectador y otros diarios se publicรณ el texto para que la gente interesada lo recortara.
Como es sabido, la Sรฉptima Papeleta por la Asamblea Constituyente no fue contada en las mesas de votaciรณn pues no estaba oficialmente autorizada, fue un hecho ciudadano despuรฉs reconocido como una manifestaciรณn de soberanรญa popular, un hecho extrainstitucional, por encima y a pesar de la Constituciรณn vigente de 1886. La Corte Suprema de Justicia, en la sentencia 59 de mayo de 1990, calificรณ ese voto como โmandato popularโ o โclamor popularโ a favor del cambio institucional mediante una Asamblea Constituyente. No le dio el carรกcter de hecho constituyente, pero sรญ de fundamento para nuevas medidas del gobierno hacia alternativas de participaciรณn (CSJ, 1990).
La segunda papeleta. La que sรญ fue contabilizada fue la papeleta a favor de una Asamblea Constitucional que fue propuesta por el gobierno de Barco mediante el decreto 927 de 1990. La tras escena de esa iniciativa estรก por contar. Ese decreto autorizรณ a la Registradurรญa a contabilizar los votos y a colocar en cada mesa de votaciรณn la tarjeta electoral diciendo Sรญ o No a la Asamblea Constitucional para reformar la constituciรณn polรญtica de Colombia.
Ese 27 de mayo el voto por la Asamblea Constitucional fue superior al que llevรณ a Cesar Gaviria a la presidencia de la Repรบblica y alcanzรณ el 88% del total de votos. La determinaciรณn polรญtica del presidente Barco para impulsar la Asamblea, tal como lo seรฑala el decreto, busca dar respuesta a la grave situaciรณn de orden pรบblico con atentados al orden constitucional, atiende a la decisiรณn de M19, del EPL, Quintรญn Lame y PRT de buscar la paz con una Asamblea Constituyente (ver Sentencia 59, CSJ 1990).
En las conversaciones sostenidas para la elaboraciรณn del decreto, la Secretaria Jurรญdica de la Presidencia Marcela Romero de Silva, con el respaldo del Secretario General German Montoya, sostuvo que esa tarjeta solo daba una autorizaciรณn a la Registradurรญa para contar esos votos y que para delimitar el alcance de la asamblea a los tรฉrminos del acuerdo polรญtico se le daba la denominaciรณn de Constitucional y no de Constituyente. El enfoque jurรญdico de ese decreto de Estado de Sitio fue clave del รฉxito para que la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia diera su concepto favorable.
El respaldo del gobierno Barco y todas las consideraciones sobre la importancia de la Asamblea para superar la crisis de violencias y avanzar al logro de la paz, fue rubricado por todos los ministros, entre los cuales estaba Eduardo Diaz Uribe, ministro de Salud.
La tercera papeleta. Despuรฉs del voto del 27 de mayo vino el decreto 1926 del 24 de agosto de 1990, firmado por el nuevo presidente Cesar Gaviria y su gabinete de ministros entre los cuales se encontraba Antonio Navarro Wolff como ministro de Salud. Este decreto es crucial porque convoca a votar por la Asamblea Constitucional el 9 de diciembre de 1990 y define el contenido del voto que, al tiempo con la elecciรณn de los delegados, busca institucionalizar el acuerdo polรญtico que define la composiciรณn, forma de elecciรณn, tiempo de funcionamiento y alcance de las reformas a la constituciรณn. Ese acuerdo polรญtico fue construido en largas reuniones en la presidencia de la Repรบblica, con asistencia del presidente Gaviria, ministros, asesores, representantes de los partidos con asiento en el Congreso, delegados de la Alianza Democrรกtica โ M19 (Antonio Navarro hasta su paso al ministerio, Camilo Gonzalez Posso y Otto รaรฑez hasta la firma del acuerdo).
Como han destacado constituyentes, polรญticos y acadรฉmicos, la sentencia de la Corte Suprema de Justicia sobre la constitucionalidad del decreto 1926/1990, tiene la trascendental importancia de haber dado el carรกcter de Asamblea Constituyente a lo que se habรญa votado en 27 de mayo como Asamblea Constitucional: en la sentencia 138 del 9 de octubre de 1990 la Corte establece la constitucionalidad del decreto pero declarรณ inexequible, entre otros, la limitaciรณn en el temario de la Asamblea y el control posterior que el acuerdo polรญtico incorporado al voto le asignaba a la misma Corte. En otras palabras, le reconoce el carรกcter de Constituyente Soberana, cuestionando incluso la limitaciรณn a la democracia participativa que establece el voto del 27 de mayo. Al mismo tiempo la sentencia valida la regulaciรณn establecida en aspectos formales de la constituciรณn y tรฉrminos de la asamblea.
En la base de toda la jurisprudencia que se estableciรณ en 1990 estรก la reivindicaciรณn de la soberanรญa popular y la primacรญa del constituyente primario unidas al gran propรณsito de propiciar la paz. La constituciรณn de 1886 ha muerto, fue la consigna que sonรณ en el Capitolio el 5 de julio de 1991. Ya en el artรญculo 3 de la nueva carta polรญtica se habรญa establecido que โla soberanรญa reside exclusivamente en el puebloโ.
En rigor este proceso constituyente fue una revoluciรณn por la paz que fue posible por la emergencia de un movimiento democrรกtico, con un amplio acuerdo nacional pluralista.
No es suficiente con contar una o diez veces esta historia de las tres papeletas de 1990. Hay que hilarla con otras que ya son de frecuente uso y con las que siguen en silencio. Hay que repetirla cuantas veces sea necesario para que se vuelva sentido comรบn y parte de la memoria histรณrica.