Un re-Corte mas a la democracia!

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Por: Pedro Arenas

El Pronunciamiento de hace dos días, de la Corte Constitucional en decisión dividida 5 a 4, respecto de la limitación de derechos políticos a quienes sean sancionados a pagarle multas al estado como consecuencia de fallos con responsabilidad fiscal por sus actuaciones, es abiertamente contraria a la Convención Americana de Derechos Humanos, viola el articulo 23 de ese instrumento internacional que fue ratificado por Colombia y que forma parte del bloque de constitucionalidad, el cual en especifico establece que los derechos políticos solo pueden ser restringidos por un juez penal como resultado de una condena en proceso penal.

Si Gustavo Petro ya logró, siendo Alcalde de Bogotá, el otorgamiento de medidas cautelares de suspensión de una sanción impuesta por la Procuraduria y luego su reintegro definitivo, ademas de la nulidad de lo actuado por esa entidad con fallo del Consejo de Estado a su favor, en esencia porque la Procuraduria siendo una autoridad administrativa no tiene competencia para limitar derechos políticos de un elegido por voto popular, mucho menos se debe admitir a la luz de la Convención Americana que una Contraloría pueda limitar derechos políticos de nadie por una multa.
Esto abre la puerta para que un contralor municipal, distrital, departamental o nacional, funcionarios elegidos por corporaciones políticas, atendiendo a intereses político electorales (no por cuidar el erario), impongan sanciones y multas en procesos amañados a elegidos como Petro, en función de quitarlos del camino o “matarlos” políticamente.

Es decir que la Corte abrió la posibilidad para que esos entes de control, eminentemente administrativos (no penales como lo exige la Convención americana) se usen para perseguir y someter al ostracismo a sus contradictores.

En el caso concreto de Gustavo Petro, la multa que le fue impuesta por el cuestionado Contralor de Bogota, quien está procesado por el caso Odebreth, no fue por un acto de corrupción del líder de la Colombia Humana, sino por una decisión de política publica suya acorde con su plan de desarrollo en favor de sectores humildes de Bogotá al bajar tarifas de transmilenio. El Contralor de la ciudad sancionó a Petro con una multa materialmente impagable de miles de millones de pesos. Esa multa está suspendida. Pero tiene razón Petro al decir que si él no puede pagar esa multa, entonces como resultado de la decisión de la Corte Constitucional, a él se le coartan los derechos políticos, porque no podría posesionarse de cargos públicos. Sin poder ejercer cómo entonces va a pagar? Por ello dice que de no ser protegido por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos solo le quedaría el exilio.

Terrible precedente sienta una Corte que últimamente ha emitido sentencias en contravía de los intereses populares.

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